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Cientos de quejas: Primer golpe a las fotomultas en México

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Un juez declara la inconstitucionalidad de la medida pues el conductor debe tener derecho a una audiencia para defenderse.
Cientos de quejas: Primer golpe a las fotomultas en México

Las quejas son constantes. Los conductores de Ciudad de México alegan que las fotomultas les están arruinando. La razón: una imagen los puede hacer acreedores a una sanción que va de los 350 a los 2.448 pesos, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito. Y no hay manera de defenderse.

Sin embargo, la historia puede estar empezando a dar un giro. Un juez federal resolvió ayer el juicio de amparo de un conductor por el caso de una fotomulta decretando su inconstitucionalidad. A su juicio, con ellas se viola el derecho del ciudadano a defenderse en una audiencia.

En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal indica que el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Fernando Silva García, declaró la "inconstitucionalidad los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, por prever la imposición de multas por infracciones de tránsito sin respetar el derecho fundamental de audiencia de las personas".

La institución asegura que un video o una foto no puede generar automáticamente un acto en perjuicio de alguna persona y, en todo caso, es solo un indicio con el que se podría abrir el procedimiento en forma de juicio.

El juez dio incluso como ejemplo lo que sucede en países como Argentina, Colombia, Portugal, Venezuela o España, donde los conductores han podido explicar por qué violaron el reglamento. Una emergencia médica es uno de los argumentos.

Las multas no tienen fin recaudatorio

En el comunicado se hace hincapié en que las sanciones que se imponen a los automovilistas por infringir el reglamento no tienen como fin recaudar impuestos, sino disuadir a aquellos y reprocharles conductas antijurídicas. Al mismo tiempo llamó a revisar si es correcto, entonces, que una empresa ajena tenga a su cargo a administración, servicio y calibración de las cámaras y aparatos respectivos y que además conlleve una ganancia por ello.

Finalmente, el juez deja claro que la sentencia no implica que el conductor amparado pueda cometer infracciones de tránsito, ni impide las autoridades a cumplir las disposiciones del reglamento: solo se llama a que se dé derecho de audiencia.

Si los conductores desean tener derecho a ser escuchados para explicar su caso particular, deberán primero solicitar un amparo hasta que las autoridades capitalinas incorporen el derecho de audiencia. En cualquier caso, el jefe de gobierno, Miguel Ángel Mancera, aseguró que este mecanismo salva vidas y que, por tanto, su aplicación continuará.

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