"Convoco al poder constituyente originario del pueblo, es la hora, es el camino. No dejaron más alternativa", sostuvo este lunes el presidente Nicolás Maduro.
La posibilidad de una Constituyente, aunque ya se había asomado semanas atrás, se concretó este lunes en medio de una multitudinaria movilización del chavismo a propósito del Día del Trabajador en el centro de Caracas. En paralelo, la oposición se concentró en otra jornada de protestas en contra del mandatario, que pretendió llegar ―sin permiso ni éxito― hasta la sede del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ubicada en la misma zona donde estaba reunida la marcha pro-gubernamental.
La escalada de violencia en las calles, producto de los llamados a la confrontación de la oposición, así como las reiteradas acusaciones a Maduro de "dictador", han catalizado un escenario que busca legitimar el carácter democrático de la Revolución Bolivariana al convocar al denominado "poder constituyente originario" para resolver la coyuntura política. Pero, ¿en qué consistirá ese proceso?
¿Qué busca la Asamblea Nacional Constituyente?
Según el artículo 327 de la Constitución, el pueblo venezolano ―como depositario del poder constituyente― puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente para "transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución".
¿Puede Maduro convocar a una Asamblea Nacional Constituyente?
Sí. De acuerdo al artículo 348 de la Constitución Bolivariana, el presidente en consejo de ministros está facultado para tal convocatoria.
¿Puede la oposición política participar en la Asamblea Nacional Constituyente?
Sí. Entre 200 y 250 constituyentes, de cualquier signo político, serán electos por votación directa, universal y secreta para conformar un congresillo, que quedará encargado de redactar el nuevo texto constitucional.
¿Qué paso viene ahora?
Una vez anunciado el proceso, debe aprobarse el decreto de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente. El presidente Maduro lo rubricó la noche de este lunes.
¿Qué papel juega el Consejo Nacional Electoral?
El Poder Electoral debe verificar que la convocatoria fue debidamente ejercida.
¿Y qué pasará con la Asamblea Nacional?
El Parlamento cesará sus funciones, puesto que el congresillo de constituyentes será el encargado de legislar.
¿Se someterá a votación el texto constitucional?
Sí, todo lo que decida el congresillo debe ser sometido a la aprobación del pueblo.
¿Algún organismo puede objetar las decisiones del congresillo?
Lo que apruebe el congresillo debe estar ajustado a la Constitución vigente. Si, por ejemplo, se propone un artículo que permita la pena de muerte, eso entra en contradicción con los principios de la Carta Magna actual, por lo que puede activarse el artículo 350 que faculta al Tribunal Supremo de Justicia a decidir sobre el asunto.
Nazareth Balbás