Mucho se habla en todo el mundo sobre la sociedad iraní y su modelo regulador de conductas, pero poco se conoce. El acceso a la información es escaso, levemente fiable y además hay que saber hablar en farsi para interpretar los principios de sus leyes. Los datos que circulan en Internet se contradicen entre sí y muchos académicos suelen caer en esta trampa. ¿Qué sucede en realidad?
Uno de los grandes mitos, potenciado por películas multipremiadas como 'Una separación', es que Irán es un país sin abogados. "Eso no es verdad, tenemos muchos abogados", desmiente Mohammad S., un letrado ateo de 34 años que habla su idioma natal y un poco de inglés. Sin embargo, Amnistía Internacional advierte que en muchos casos el acceso a la representación legal de acusados está restringido: "La Fiscalía aplica el artículo 48 del Código de Procedimiento Penal para impedir que los detenidos tengan acceso a un abogado de su elección, alegando que este no está en la lista de letrados aprobados por el presidente de la Magistratura", expone el organismo.
Asimismo, Amnistía Internacional añade que "con frecuencia se niega a los abogados defensores el acceso pleno al sumario y se les impide reunirse con las personas a las que representan hasta poco antes del juicio".
Además, la organización destaca: "Las autoridades que ejercen facultades judiciales, en especial las del Ministerio de Inteligencia y la Guardia Revolucionaria, violan sistemáticamente las disposiciones sobre el debido proceso contenidas en el Código de Procedimiento Penal de 2015, como las que protegen el derecho a asistencia letrada desde el momento de la detención y durante la investigación y el derecho a guardar silencio".
Castigos macabros
Desde la ciudad de Isfahán, a unos 500 kilómetros de Teherán, Mohammad le explica a RT los principales conflictos de este marco legal: "¡Tenemos reglas muy viejas! El problema básico es que una gran parte se basa en la ley islámica y es mayormente antigua para una sociedad moderna, como la iraní". A su vez, opina que cuentan con "castigos sombríos que deberían ser cambiados". Y resalta: "En algunos casos políticos o criminales no hay jurado".
El sistema judicial iraní contempla las penas de muerte por ahorcamiento, donde se "dejan colgados a los acusados", y lo que más llama la atención de Occidente: las famosas lapidaciones. Sobre esta última y brutal condena capital amparada por la ley, el entrevistado dice que "hay pocos casos". Y profundiza: "Los jueces no suelen usar este castigo, porque es muy malo para el Gobierno que se mate a alguien a pedradas ante los ojos del mundo".
Según la normativa religiosa, para efectuarse una lapidación por adulterio tiene que haber una confesión del contraventor o cuatro testigos del acto sexual, pero con una visión privilegiada; deben comprobar la penetración. Todos sus testimonios deben ser exactamente iguales, sin discrepancias. En caso contrario se someterían a 80 latigazos por emitir falso testimonio. Además, si todo ello coincide, los testigos serán quienes lancen las primeras piedras. Según los preceptos musulmanes, se sostiene que a quien mate a otro musulmán, le esperaría el infierno.
Por todo ello, las lapidaciones aplicadas por el Estado "ocurren de forma excepcional", y así lo sostiene el historiador y especialista en legislación islámica Germán Ferrarazzo, un musulmán que vive en Argentina: "En YouTube podés encontrar lapidaciones, pero en verdad son asesinatos colectivos.La lapidación es el resultado de un procedimiento judicial. Cuando les toque, esas personas que tiran piedras ilegalmente estarán en el fuego, sin alternancia", opina el creyente, consultado por RT en el centro de Buenos Aires.
A su vez, Ferrarazzo destaca que "las penas especificadas en el Corán, como el corte de mano, son redentoras". En otras palabras, según estos preceptos se piensa que los individuos que reciban esta clase de escarmientos "tendrán garantizado el paraíso". Por eso "las confesiones son frecuentes".
Entonces, ¿la mejor forma de mentirle a la justicia local es siendo ateo? Mohammad explica desde Irán que "en muchos casos civiles, el juez debe resolverlos con su inducción, como en la mayoría de los países modernos". Sin embargo, en varios enjuiciamientos de otra índole el magistrado puede recurrir al Corán o incluso solicitarle al acusado que jure su inocencia ante este texto sagrado para la vida islámica. Ello puede ser determinante para emitir una sentencia.
En Irán, además de lapidaciones y ejecuciones en la horca, hay castigos todavía más humillantes y macabros: "En derecho islámico, si le causo daño a alguien lo tengo que reparar. Esto es conocido como 'ojo por ojo y diente por diente'. Si por mi culpa a vos te tienen que amputar una mano, vos podés pedir que me amputen una mano a mí, o una reparación monetaria. Está todo tarifado", detalla Ferrarazzo.
Al respecto, el especialista en legislación islámica menciona un ejemplo: "Hace unos años un joven iraní despechado tocó el timbre de la casa de su expareja, le tiró ácido en la cara y la dejó ciega. Ella pidió el precio de sangre, la compensación. El juez dijo que ella misma tendría que derramarle el ácido al chico y como no lo pudo hacer, se fijó una compensación económica. La víctima de daños físicos voluntarios siempre puede elegir causarle el mismo daño al victimario o reclamar dinero".
Latigazos: una política de Estado
Más allá de esta información, lo más difícil es contabilizar los casos para obtener una mayor dimensión del conflicto. Según informa Human Rights Watch, en 2016 "las autoridades habían ejecutado al menos a 203 personas hasta el 25 de octubre", aunque "grupos de defensa de los derechos humanos reportan que el número de ejecuciones podría llegar a 437".
A su vez, desde la organización destacan que según la ley iraní, delitos como insultar al profeta, tener relaciones con personas del mismo sexo y el adulterio pueden castigarse con la muerte. "Las personas condenadas por delitos de drogas constituyen la mayoría de las ejecuciones en el país", resalta.
En el informe de Amnistía Internacional sobre la situación mundial de los derechos humanos durante 2016, publicado este año, se destacan condenas puntuales que sirven para graficar este contexto. "En abril, el fiscal de Golpayegan, provincia de Isfahán, anunció que un hombre y una mujer declarados culpables de 'tener una relación ilegítima' habían sido condenados a recibir 100 latigazos cada uno", menciona. Pero el documento también incluye agresiones más indignantes: "En julio, un tribunal de apelación condenó al periodista y bloguero Mohammad Reza Fathi a recibir 459 latigazos por los cargos de 'publicar mentiras' y 'crear inquietud en la opinión pública' con sus textos". Hay que tener coraje para ser periodista en Irán.
A su vez, añade otros casos que reflejan el concepto de 'compensación' en el marco regulatorio del país persa: "En noviembre se cegó de ambos ojos a un hombre en Teherán como castigo por haber dejado ciega a una niña de cuatro años en junio de 2009. Varios presos más, como Mojtaba Yasaveli y Hossein Zareyian, seguían corriendo peligro de ser cegados. Médicos pertenecientes a la Organización de Medicina Legal de Irán, de carácter oficial, asesoraron como 'expertos' al Tribunal Supremo sobre la forma médicamente factible de aplicar las penas de ceguera, acto contrario a la deontología médica". Y continúa: "En abril, las autoridades judiciales de la Prisión Central de Mashhad amputaron cuatro dedos de la mano derecha y los dedos del pie izquierdo a un hombre que había sido declarado culpable de robo a mano armada. En mayo, las mismas autoridades amputaron los dedos de la mano a otro hombre declarado culpable de robo".
En agosto de este año, la relatora especial de la ONU sobre los derechos humanos en la República Islámica de Irán, Asma Jahangir, expresó su indignación tras la ejecución del joven Alireza Tajiki. El chico fue arrestado en 2012, cuando tenía tan solo 15 años, y fue condenado a muerte en 2013. El asesinato estatal fue cometido el 10 de agosto pasado —cuando tenía por lo menos 20 años— y la experta pronunció al día siguiente: "Irán ha ratificado tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como la Convención sobre los derechos del niño. Ambos tratados obligan al país a proteger y respetar el derecho a la vida de los niños, pero también a prohibir de manera inequívoca que se condene a muerte o se ejecute a cualquier persona menor de 18 años de edad".
Al igual que el caso de Tajiki, hay decenas de penas capitales por crímenes realizados incluso cuando los infractores eran niños; al momento en que se publicó el estudio de Amnistía Internacional, había "78 personas condenadas a muerte por presuntos delitos cometidos cuando eran menores de edad". Y aunque las lapidaciones dictadas por la Justicia sean "muy ocasionales" según Ferrarazzo, no por ello resulta menos grave que a la fecha en que se difundió el texto citado "al menos una mujer, Fariba Khaleghi, estaba condenada a morir por este método".
"Las fuentes normativas son el Corán y las revelaciones proféticas"
Para interpretar el modelo iraní, es preciso entender algunas bases del 'fiqh' (derecho islámico), que es una de las tantas dimensiones que tiene la sharía (una serie de preceptos, aprendizajes y acciones cotidianas vinculadas a la voluntad de Allah, según la creencia musulmana), aunque muchas veces se confundan estos conceptos. Partiendo de estas reglas tradicionales, los actos de los individuos se pueden dividir en distintas categorías: obligatorios, recomendables, permitidos o indiferentes, repugnantes y prohibidos.
El cadí o juez es quien califica o condena esta clase de acciones, emitiendo su fetua (veredicto). En este sistema histórico también se destacan los alfaquíes, que son quienes más saben de derecho islámico en esta clase de sociedades y pueden contestar preguntas o incluso ofrecer asesoramiento legal. Irán, particularmente, es un país de corriente islámica chiita que, entre otras cosas, se caracteriza por seguir las tradiciones de los primeros 11 imanes (referentes espirituales), el duodécimo se mantiene oculto, y por dictar sus normas en base a ello, pero también negaron a los tres primeros 'califas' (sucesores de Mahoma, el último profeta y uno de los máximos símbolos del islam).
Ferrarazzo sostiene que la principal disputa con los sunitas es política; al fin y al cabo, el Corán no determina quién sucedería al profeta. Regresando a Teherán, vale mencionar que la corriente jurídica implementada proviene de la escuela usulí.
Sin embargo, el experto destaca que para todas las corrientes las fuentes normativas son las mismas: "El Corán y las revelaciones proféticas". Sobre este libro sagrado en la cultura islámica expresa que "no se puede aplicar de forma textual". "Una lectura naíf es prácticamente imposible, se generan muchas contradicciones", agrega. Entonces, frente a este desafío interpretativo, señala que "el jurista toma el Corán y realiza analogías o comparaciones" y visualiza: "Si el texto prohíbe la ingesta de vino, se entiende que lo hace porque interfiere con las capacidades intelectuales, entonces esto aplica a cualquier bebida alcohólica o algunas drogas".
De todas formas, por más sagrado que sea el texto, es imposible que regule todos los aspectos de la vida: "Históricamente, hay cuestiones que no estuvieron legisladas en el Corán, entonces se idearon algunos marcos paralelos, como por ejemplo en el ámbito tributario o administrativo".
En este mecanismo "no se toma la jurisprudencia como fuente de derecho porque se entiende que cada sentencia aplica a un caso particular", enseña el académico. Además, comenta que las opiniones de los sabios o juristas son más importantes que la de los propios jueces: "Es totalmente doctrinario". Por otro lado, describe que "todas las normas se basan en la voluntad de Dios y las reparaciones de los actos".
Colonialismo y revolución religiosa
En su carácter de historiador, Ferrarazzo menciona que "entre los siglos XIX y XX la gran mayoría del pueblo musulmán fue colonizada por potencias occidentales", pero diferencia el caso de Irán: "Es muy especial, es uno de los pocos lugares que nunca fue físicamente ocupado, pero tuvo áreas de influencia, en el norte con los rusos y al sur los ingleses". Para el académico, la relación entre las normas islámicas y las legislaciones de cada nación "es muy distinta entre los países que fueron colonizados y aquellos que no".
En 1979 se desató la revolución del país persa bajo el liderazgo del ayatolá Ruhollah Jomeini, con la intención de reislamizar el territorio y alejar la influencia occidental: "Al principio lo hizo de forma violenta; de pronto no se podía escuchar más música o jugar al ajedrez", repasa el entendido. Aunque destaca: "Irán tiene una gran población, con mucha tradición cultural desde el Imperio persa. Hablamos de una sociedad de 4.000 años, no es fácil hacer cambios de un día para el otro". Y profundiza: "No es Afganistán, uno de los países más pobres del mundo. Se trata de una enorme civilización, con arte y poesía, universidades, pensadores, investigadores y filósofos que aportaron grandes obras a la humanidad. Jomeini quería cambiar esto de la noche a la mañana".
Entonces, se reislamizó el Estado inspirado en las enseñanzas del profeta, incluyendo el sistema judicial: "Instauraron un procedimiento islámico, que es muy rápido, algunos procesos pueden resolverse en pocos días", cuenta Ferrarazzo.
Así las cosas, para mantener un país bajo una doctrina religiosa, es importante la homogeneidad: "Las mujeres no tienen permitido salir a la calle sin el velo", detalla. Pero, ¿cómo se pueden controlar las actividades de 82 millones de personas? "Hay una Policía de costumbres, eso también existe en Arabia Saudita. Si no hay un Estado policíaco, es imposible imponer, por ejemplo, una vestimenta que alguna minoría no quiera usar", explica, para concluir el reportaje. Si es difícil explicar el presente de los iraníes, su futuro aún más.
Leandro Lutzky