Tras varios años de controversia, la Comisión Europea ha resuelto sentar a España en el banquillo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), a causa de las graves sanciones que el país ibérico aplica a los contribuyentes que no cumplen correctamente con su obligación de declarar los bienes que poseen en el exterior.
En Bruselas estiman que estas sanciones son absolutamente desproporcionadas y abusivas, pero sobre todo sospechan que son incompatibles con algunas de las libertades fundamentales recogidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión. En concreto, acusan a España de estar vulnerando derechos tan esenciales como el de la libre circulación de capitales y la libre circulación de personas, entre otros. Más aún: la propia obligación de informar sobre esos bienes en España está también en el punto de mira jurídico.
El modelo de la discordia
En octubre de 2012, bajo el Gobierno conservador de Mariano Rajoy y con Cristóbal Montoro al frente del Ministerio de Hacienda, entró en vigor una nueva legislación fiscal de la que forma parte el muy discutido 'Modelo 720', un documento a través del cual los residentes en España que poseen bienes en el extranjero están obligados a declararlos, siempre que su valor supere los 50.000 euros.

En caso de no ser declarados o de presentarse la información fuera de plazo, esos inmuebles, cuentas bancarias o valores ubicados fuera de las fronteras españolas pueden ser imputados como ganancia patrimonial no justificada, acarreando sanciones económicas muy considerables: tal como están estipuladas, esas sanciones pueden ser incluso superiores, en algunos casos, al valor de la propiedad imputada, es decir, que la sanción puede llegar a tener carácter confiscatorio, algo que la mayoría de los expertos en la materia coinciden en señalar como claramente excesivo.
Por si fuera poco, el supuesto fraude fiscal cometido según el baremo de esta normativa no puede prescribir, condición que, hasta el momento, la legislación española reservaba únicamente a los delitos de genocidio o terrorismo.
La Unión Europea advirtió a España del carácter excesivo de estas medidas con una carta de emplazamiento en noviembre de 2015, que fue ignorada por el Ejecutivo de Rajoy. Tampoco hubo reacción a otro dictamen de la UE emitido el 15 de febrero de 2017. Con la paciencia agotada, la Comisión Europea ha decidido emprender acciones legales.
Estragos entre los pequeños ahorradores
Uno de los expertos que, desde los primeros pasos de esta política fiscal, intuyó su incompatibilidad con el Derecho de la Unión Europea fue el abogado y asesor fiscal Alejandro Del Campo. Este especialista en Tributación de No Residentes es además el firmante de la primera denuncia presentada formalmente contra el Modelo 720. Desde su despacho en la asesoría DMS Consulting, en la Isla de Mallorca (España), ha sostenido más de 6 años de lucha jurídica contra lo que considera una política abusiva, con consecuencias "devastadoras".

No es casual que fuese una asesoría fiscal de Mallorca la que emprendiera las primeras acciones legales contra el Modelo 720. En esa isla española hay una gran cantidad de residentes extranjeros, en su mayoría británicos o alemanes, a quienes una equivocación o un mero retraso en la declaración de las propiedades que poseen en sus países de origen podría suponerles un severo castigo fiscal.

Fue la protección de este perfil concreto de contribuyente lo que motivó inicialmente a Del Campo a presentar aquella primera denuncia ante la Comisión Europea, por las sanciones "absolutamente desproporcionadas" que se regularon en el marco de la normativa.
"Yo me di cuenta de que el Modelo 720 podía ser un arma de destrucción masiva", afirma Del Campo, y aunque admite que "podría valer para luchar contra grandes defraudadores, a los que podría destrozar realmente era a los pequeños ahorradores, sobre todo a muchísimos extranjeros residentes en España, ya que casi todos ellos tienen cuentas, inmuebles o valores superiores a los 50.000 euros en sus países de procedencia".

Al entrar en vigor la normativa, este asesor se dio cuenta de que lo más probable era que muchos de esos contribuyentes se olvidaran de declarar a tiempo esas propiedades, con lo que se exponían a las gravísimas sanciones recién establecidas.
"Vulneración de las libertades comunitarias"
Del Campo interpuso la denuncia en febrero 2013, dos meses antes de que terminara el plazo de presentación del primer modelo 720 que estuvo en vigor en España. "Lo hice porque vi que era un disparate que claramente vulneraba las libertades comunitarias", apunta.
En opinión de este experto, "la principal libertad comunitaria vulnerada es la que recoge el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establece la libre circulación de capitales".
Nuestra DENUNCIA CONTRA MODELO 720 (declaración bienes extranjero): Comisión Europea ha respondido HOY. Mañana post pic.twitter.com/qYZPElVfnd
— Alejandro del Campo (@alejandrocampo) 16 de diciembre de 2014
En concreto, Del Campo cree que unas sanciones demasiado gravosas pueden inhibir o lastrar efectivamente esa circulación de bienes a la que tienen derecho los ciudadanos comunitarios. "El hecho de que cualquier persona residente en España que decida tener sus capitales, por ejemplo, en Alemania o en Suiza, se vea obligado a realizar una declaración informativa bajo la amenaza de cuantiosas sanciones constituye, desde mi punto de vista, una vulneración del derecho a la libre circulación", explica el asesor.
Para Del Campo, el Modelo 720 "vulnera además el artículo 21 del mismo tratado, que consagra la libre circulación de personas". Desde su punto de vista, "a un alemán o a un francés le podría dar pereza fijar su residencia en España si sigue teniendo inmuebles o cuentas en su país de origen", porque se vería obligado aquí a realizar esa declaración informativa, cuyo incumplimiento (que también puede darse por olvido u error) conlleva "el riesgo de sufrir unas sanciones absolutamente salvajes".
Además, este asesor fiscal recuerda que la Comisión Europea le ha advertido a España que ve otras tres libertades amenazadas: la libre circulación de trabajadores, la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios.
Fuego a discreción
En noviembre de 2014, Del Campo tuvo ocasión de hablar ante el Comité de Peticiones del Parlamento Europeo, y ahí conoció a los funcionarios de la UE que estaban llevando a cabo la investigación sobre el Modelo 720, iniciada a raíz de su denuncia presentada el año anterior.

Según cuenta, allí le dieron a entender que tal vez había denunciado la política fiscal española demasiado pronto, porque el Ministerio de Hacienda les había asegurado a Bruselas que no aplicarían las sanciones de manera abusiva, sino estudiando las circunstancias de cada caso y con prudencia. "Pero me pidieron que yo mismo les volviera a alertar si el fisco español procedía de forma salvaje con la aplicación de estas sanciones", indica.
Poco después, durante la primavera del 2015, desde la Agencia Tributaria, "España empieza a emplear ese arma de destrucción masiva, a aplicar sistemáticamente esas sanciones previstas en la normativa a cualquier despistado, a extranjeros recién llegados, a gente que entregaba fuera de plazo… en definitiva, empezaron a disparar indiscriminadamente", según relata el asesor.
Del Campo, que emplea con frecuencia términos bélicos para describir esta política fiscal, fue presentando informes a la Comisión Europea de cada uno de los clientes afectados, a los que se refiere como "víctimas". "Les dije: 'esto es lo que está pasando en España con el 720'. Y dio resultado, porque en Noviembre de 2015 la Comisión le dijo a España: 'Te estás pasando, baja el arma y vamos a hablar, porque estas vulnerando las libertades comunitarias'".
"El Tribunal europeo lo va a tumbar todo"
Desde el Ejecutivo español, según explica Del Campo, se presentaron todo tipo de alegaciones, en cientos de folios, argumentando que esta fuerza sancionadora era imprescindible para contrarrestar el fraude fiscal, y aludiendo a un supuesto funcionamiento deficiente de la comunicación entre los Estados miembros a la hora de intercambiar información fiscal.
"Pero no lograron convencer a la Comisión", asegura este abogado, que recuerda con satisfacción que, "en febrero de 2017, la Comisión Europea lo atacó todo", empezando por "la propia existencia de la obligación de carácter informativo" que implica esta normativa y "sobre todo, de manera muy contundente, las consecuencias derivadas de no declarar o declarar fuera de plazo".
Su pronostico sobre el fallo del tribunal es claro: "No me cabe ninguna duda de que el Tribunal europeo lo va a tumbar todo", asegura. Este asesor está plenamente convencido de que el TJUE "dirá textualmente que esas sanciones son incompatibles con las libertades comunitarias". Según Del Campo, la sentencia saldrá dentro de unos dos años; o como a él le gusta decir, "aproximadamente en unos 720 días".
David Romero
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