El canal internacional
de noticias en español
más visto en el mundo
Actualidad

Ecuador no da paso al aborto en caso de violación

Publicado:
La Asamblea Nacional también rechazó la despenalización del aborto en casos de incesto y malformación fetal.
Descargar video

La Asamblea Nacional de Ecuador no dio paso a las reformas propuestas del artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para despenalizar el aborto en caso de violación. La decisión se tomó tras un amplio debate que dividió al país entre quienes apoyaban la reforma y quienes se oponían a la misma.

La votación del Legislativo también rechazó la despenalización del aborto en casos de incesto y malformación fetal. El aborto en Ecuador es legal solo cuando la vida o la salud de la madre está en riesgo o cuando una mujer con discapacidad mental presenta un embarazo resultado de una violación.

En Ecuador, a diario se denuncian 11 violaciones contra mujeres y niñas. Además, las estadísticas registran que 3.000 niñas menores de 15 años son violadas y quedan embarazadas cada año. Para la asambleísta Ximena Peña, este proyecto permitía a la "Asamblea reconciliarse con el sistema de justicia, más allá de nuestras banderas políticas es nuestra responsabilidad garantizar los derechos fundamentales".

Varios colectivos que luchan a favor de los derechos de las mujeres se concentraron en diferentes puntos del país para apoyar la reforma.

Para la organización Surkuna, lo que se ha hecho hasta el momento es "judicializar a niñas, adolescentes y mujeres que quieren terminar un embarazo producto de violación, no darles la oportunidad mínima de reconstruir su vida, de decidir sobre lo que les ocurre".

Mientras, otros grupos insistían en rechazar la medida, al igual que las autoridades de la Iglesia católica en el país sudamericano, argumentando que sería un error aprobar una normativa que pretende "negar el derecho a vivir".

Múltiples organismos internacionales apoyaban la medida y han exhortado en múltiples ocasiones a las autoridades ecuatorianas a despenalizar el aborto. "Negar a quienes han sufrido violaciones sexuales la posibilidad de decidir si desean o no continuar su embarazo es una medida cruel", declaró meses atrás José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch.

El COIP en su artículo 171, establece como delito de "violación" el acceso carnal a una menor de 14 años de edad.

Por ende, "todos los embarazos en niñas de 10 a 14 años, cuando el hombre es mayor de edad, se considera una violación, en grueso, prácticamente el 80 % de embarazos en ese rango de edad, son considerados violación", explica Irina Amengual, psicóloga, que actualmente trabaja con el Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos Surkuna y, previamente, coordinó una casa de acogida de madres adolescentes.

RT en Español en vivo - TELEVISIÓN GRATIS 24/7