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El Gobierno de Perú amplía a 17 los delitos para cesar a docentes de por vida

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El presidente emitió un decreto de emergencia que amplía la cantidad de delitos que ameritan separación del cargo de docentes y personal administrativo de centros de enseñanza.
El Gobierno de Perú amplía a 17 los delitos para cesar a docentes de por vida

En Perú será inhabilitados de por vida los docentes que hayan sido condenados por una lista de 17 delitos, entre los que se encuentra el terrorismo, violación sexual, tráfico de drogas, proxenetismo, pornografía infantil, feminicidio, violación de intimidad, entre otros.

El presidente de Perú, Martín Vizcarra, firmó el pasado 29 de noviembre un decreto de urgencia que modifica la Ley N° 29988, donde se establecen medidas extraordinarias al personal docente y administrativo que trabaja en centros educativos que estén implicados en los mencionados delitos. El instrumento legal anterior solo contemplaba cuatro.

La citada ley posibilitó la destitución de casi 1.000 docentes y personal administrativo que pertenecían al Ministerio de Educación peruano y que habían sido sentenciados por terrorismo, apología del terrorismo, narcotráfico y violencia sexual, recoge Perú 21.

Según este decreto, publicado en El Peruano, cualquier persona con condena y sentencia por los delitos contemplados en la Ley, estará "inhabilitada definitivamente" para prestar servicios como docente en cualquier entidad educativa del país, incluyendo las adscritas a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional del Perú, al Ministerio de Educación, los centros de resocialización, de rehabilitación o de actividades artísticas y deportivas.

Los delitos son los siguientes:

  1. Terrorismo y apología al terrorismo.
  2. Violación de la libertad sexual e indemnidad sexual.
  3. Proxenetismo.
  4. Pornografía infantil.
  5. Proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos.
  6. Trata de personas.
  7. Explotación sexual.
  8. Esclavitud.
  9. Tráfico ilícito de drogas.
  10. Homicidio doloso.
  11. Parricidio.
  12. Feminicidio.
  13. Sicariato.
  14. Secuestro.
  15. Secuestro extorsivo.
  16. Delitos contra la humanidad (genocidio, desaparición forzada y tortura).
  17. Violación de la intimidad, por difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual.

Separación preventiva

Este texto emanado del Ejecutivo también establece que el personal docente o administrativo será separado preventivamente de su cargo cuando tenga denuncia ante Policía Nacional o el Ministerio Público.

De igual manera, cuando un juez penal "haya emitido auto de apertura de instrucción" o la Fiscalía "haya formalizado y continuado investigación preparatoria en su contra" por alguno de los delitos mencionados.

¿Quiénes velan por su cumplimiento?

El Ministerio de Educación y los gobiernos regionales se encargan de supervisar, dentro de los primeros treinta días hábiles comenzado el año escolar, que no haya sido contratado ningún personal condenado con los mencionados tipos de sentencia.

Por su parte, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria y el Ministerio de Defensa harán lo propio en las instituciones educativas a su cargo.

Por otra parte, se creará un Registro de personas condenadas o procesadas por los delitos establecidos en la mencionada ley, emitida en 2013.

¿Qué pasa con el Congreso disuelto?

Vizcarra ordenó el 1 de octubre la disolución del Congreso y convocó a elecciones parlamentarias para el próximo 26 de enero, por lo que según el artículo 135 de la Constitución peruana existe un "interregno parlamentario".

En este caso, el Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, que son comunicados a la Comisión Permanente, la única que se mantiene en funciones, "para que los examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale".

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