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"Solo sí es sí": España presenta una legislación contra la violencia sexual que aspira a ser "referente internacional"

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El anteproyecto de ley aprobado este martes por el Consejo de Ministros de la coalición de Gobierno consolida el consentimiento como eje para catalogar la violencia sexual.
"Solo sí es sí": España presenta una legislación contra la violencia sexual que aspira a ser "referente internacional"

El Gobierno de España ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, tan solo cinco días antes de la fecha clave del 8 de marzo, que desde hace dos años ha puesto en la agenda política las reivindicaciones feministas, haciendo especial hincapié en la necesidad de un cambio normativo en relación con la violencia sexual, como evidenció el clamor popular levantado a raíz de casos y sentencias como el de 'La Manada', cuando cinco hombres violaron a una joven de 18 años en las fiestas de San Fermín.

La nueva Ley emana del Ministerio de Igualdad, que en esta legislatura ha vuelto a tener entidad propia, en manos de la ministra Irene Montero, uno de los cinco miembros de Unidas Podemos sentados en el Consejo de ministros del presidente socialista Pedro Sánchez, e introduce un puñado de novedades exigidas desde hace años por los movimientos feministas.

Entre ellas se encuentra la consideración de violencia machista de toda acción contra la voluntad de una mujer para decidir sobre su vida sexual, no solo aquella ejercida por su pareja o expareja.

Así, la agresión, el acoso, el acecho, la extorsión, el suministro de sustancias para anular la consciencia, el engaño pederasta (conocido como 'grooming', en inglés), la presión por medios telemáticos, la explotación sexual, la mutilación genital o el matrimonio forzado pasarán a integrar la lista de delitos considerados violencia de género y que serán resueltos en juzgados especializados, como sucede en la actualidad con aquellos ocurridos en el ámbito de las parejas o exparejas sentimentales.

La ministra ha destacado que el anteproyecto de Ley "amplía el foco" de los delitos sexuales ya que dicha norma "reconoce las violencias sexuales como violencias machistas". Además, ha asegurado que esta "ley histórica" convertirá a España "en un país más seguro para las mujeres" y en "un referente internacional" por su "carácter integral", al incluir la prevención, la sensibilización, el acompañamiento y la reparación a las víctimas.

"Solo sí es sí"

La nueva ley elimina la diferencia entre abuso sexual y agresión sexual en el Código Penal español. Hasta ahora, para ser considerada agresión sexual (violación) debía mediar violencia o intimidación, lo cual excluía de esta categoría las agresiones efectuadas contra personas inconscientes, incluso cuando el agresor había suministrado drogas u otras sustancias a la víctima para propiciar ese estado.

También quedaban fuera de esta categoría muchas agresiones contra menores de edad, sobre todo cuando eran perpetradas por personas de su entorno familiar o cercano y se prevalían del poder que ejercían sobre los pequeños usando técnicas como la manipulación o el chantaje, por lo que estos delitos eran sentenciados de manera menos severa.

De este modo, en palabras de Montero, la ley "pone en el centro el consentimiento", que en el anteproyecto queda redactado de la siguiente manera: "Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto".

Así, la nueva normativa introduce el concepto de consentimiento tal como exige el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, conocido como Convenio de Estambul (2014). Además, rebaja las penas máximas, introduce agravantes y aumenta las penas mínimas.

Nuevas penas asociadas al delito de agresión sexual

A partir de ahora, el único tipo penal de agresión sexual incluye todos los "actos de contenido sexual que se realicen con violencia, intimidación o abuso de superioridad o vulnerabilidad de la víctima". Asimismo, comprende también aquellos que se perpetren "actuando de manera sorpresiva" o sobre personas "que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare" y los que se ejecuten "cuando la víctima tenga anulada su voluntad por haber ingerido previamente fármacos, drogas o cualquier otra sustancia".

Así, se eliminará la distinción entre abuso sexual y agresión sexual que existe actualmente en el Código Penal español, que pasarán a conformar un único delito penado de la siguiente manera:

  • Agresión sin penetración: entre 1 y 4 años de cárcel (actualmente entre 1 y 5 si es agresión y entre 1 y 3 si es abuso).
  • Agresión con penetración: entre 4 y 10 años de cárcel (actualmente entre 6 y 12 si es agresión y de 4 a 10 si es abuso).

Para los actos sin penetración, si son considerados leves, también se contempla que se pueda imponer una pena inferior en un grado a la mínima (es decir, entre los 6 meses y un año), trabajos en beneficio de la comunidad o multas de entre 18 y 24 meses.

Los agravantes

Entre los agravantes, la nueva legislación incorpora dos novedades de calado:

  • que la agresión sea llevada a cabo por quien sea o haya sido la pareja, ascendiente, descendiente o hermano de la víctima.
  • que utilice fármacos o drogas para la comisión de los hechos.

En el supuesto de que concurran varias circunstancias agravantes (tanto nuevas como las ya contempladas en el Código Penal), la pena máxima de privación de libertad será de seis años y tres meses si no hay penetración y de doce años y medio en el caso de que sí la haya. En el caso de que la víctima sea un menor "en una situación de total indefensión" o tenga menos de cuatro años, la condena de cárcel podría llegar a los 15 años.

Acceso a recursos y ayudas

La normativa que se pretende aprobar contempla también la formación específica a profesionales del ámbito sanitario, legal y de las fuerzas de seguridad, así como de todos aquellos colectivos que participan de la atención y acompañamiento a la víctima. Además, comprende también la creación de centros de atención integral (psicológica, social y jurídica) para las víctimas, que funcionarán 24 horas al día.

Por el momento, Madrid es la única ciudad que cuenta con un centro de estas características, cuyas puertas abrieron el 10 de diciembre de 2019. En su primer mes atendió a 97 mujeres telefónicamente y 34 acudieron al centro, cuatro de ellas menores de edad, a pesar de no haber realizado ningún tipo de promoción.

Atiende a mujeres que hayan vivido un intento o una situación de violencia sexual reciente o pasada, o que tengan sospecha de haberla sufrido, con el objetivo de ofrecer acompañamiento profesional y emocional desde el primer momento en todos los procesos que se inicien, sean judiciales, sanitarios o policiales, y brindar asesoramiento sobre alternativas y recursos existentes, así como sobre los derechos de las víctimas de violencia sexual y la forma de ejercerlos.

La conformación de juzgados especializados en este tipo de delitos, así como la asistencia jurídica gratuita para las víctimas de violencia machista son otras de las novedades que incorpora la norma en su afán por dar una respuesta integral a esta problemática.

De momento, el Consejo de Ministros inicia la tramitación de esta regulación con la aprobación este martes del anteproyecto de ley, que el Gobierno remitirá ahora a los órganos consultivos para su evaluación. Tras ello, la norma deberá volver a ser aprobada, en esta ocasión como proyecto de Ley, por el Consejo de Ministros, que posteriormente la remitirá al Congreso para su tramitación parlamentaria, momento en el que podrá sufrir modificaciones a través de las enmiendas de los diferentes grupos parlamentarios.

Más legislación: protección a personas LGTBI, identidad sexual y acoso en el trabajo

El Gobierno de Sánchez también está preparando otras normas que espera sacar adelante durante los próximo meses, como la ley LGTBI o la ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Así, sobre la primera, el Ministerio de Igualdad ya ha adelantado que pretende llevarla al Consejo de Ministros antes del verano, y que establecerá medidas en todos los ámbitos, para terminar "con la discriminación y el estigma" al que se enfrentan las personas gays, lesbianas, bisexuales y trans, según aseguró la ministra, Irene Montero. 

Se busca establecer un marco de medidas contra la homofobia, la bifobia y la transfobia, que garantice la igualdad y termine con los desequilibrios que actualmente se dan entre las diferentes regiones españolas, algunas de las cuales tienen sus propias leyes LGTBI. En concreto, la conocida como 'ley trans' persigue garantizar los derechos y libertades del colectivo, incluyendo la autodeterminación de género y la plena despatologización.

Por su parte, la ministra española de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció este lunes que España se convertirá en el segundo país del mundo (tras Uruguay) en ratificar el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la violencia y el acoso en el trabajo.

El nuevo convenio amplía el concepto de acoso en el trabajo a las relaciones horizontales, entre iguales, puesto que hasta ahora la legislación española solo contemplaba aquellos casos en los que se daba un abuso de poder de superiores hacia subordinados.

Asimismo, Díaz ha añadido que también se tiene intención de ratificar el Convenio 189 de la OIT sobre las empleadas del hogar, que prevé equiparar sus derechos al del resto de trabajadores. Ahora mismo, en España no tienen derecho a subsidio por desempleo, entre otras carencias.

Nuria López

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