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Piñera promulga la Ley de Indulto Conmutativo por la propagación de la pandemia

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La medida beneficiará a 1.700 personas, que ahora pasarán a arresto domiciliario.
Piñera promulga la Ley de Indulto Conmutativo por la propagación de la pandemia

El presidente de Chile, Sebastián Piñera, promulgó este jueves la Ley de Indulto Conmutativo, que permitirá el arresto domiciliario para 1.700 presos pertenecientes a los grupos de riesgo, reduciendo la propagación del coronavirus en las cárceles del país sudamericano. 

La normativa excluye del beneficio a condenados por delitos de extrema gravedad contra la vida o la libertad de las personas, acciones de violencia intrafamiliar, tortura y crímenes de lesa humanidad.

El anuncio se da a conocer luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara un planteo del partido Chile Vamos, que consideraba como una "discriminación arbitraria" quitar de la norma a personas vinculadas a la última dictadura. 

Por su parte, el jefe de Estado argumentó la nueva disposición desde el Palacio de la Moneda: "El peligro de contagio por coronavirus se multiplica cuando las personas más vulnerables se encuentran privadas de su libertad dentro de recintos penitenciarios, cuyas condiciones de hacinamiento dificultan o hacen imposible medidas sanitarias como el aislamiento social". 

Por otro lado, aclaró que esta ley no anula la responsabilidad penal de los condenados, ni tampoco elimina los castigos: "No significa en ningún caso impunidad", manifestó el dirigente. Además, el mecanismo se interrumpe en caso de que el individuo cometa un nuevo delito durante su estancia en el hogar. 

Grupos de riesgo

De esta forma, los reos en situaciones de riesgo que pueden solicitar la prisión domiciliaria, son: 

  • Mayores de 75 años
  • Hombres mayores de 60 y mujeres mayores de 55, pero menores de 74, que les queden tres años o menos de condena. Tienen que haber cumplido al menos la mitad de su pena.
  • Mujeres embarazadas o con hijos pequeños que tengan un tercio de su castigo cumplido, y que les queden por cumplir 36 meses de reclusión o menos.
  • Individuos con prisión nocturna, con la tercera parte de sus condenas cumplidas, y que le queden por pasar hasta tres años privados de su libertad. 
  • Personas con salidas controladas, con la mitad de sus penas hechas, y un tope de tres años de encierro por delante.
  • Beneficiados con salidas de fines de semana, con el 50 % de la reclusión ya aplicada y tres años o menos de cárcel pendientes. En este caso, también se puede aplicar el recurso por seis meses y luego se debe regresar al centro penitenciario.

También se debate la Ley Humanitaria

En paralelo, también se encuentra en el Congreso la Ley Humanitaria, que plantea que los reclusos con peligro de muerte, enfermedades terminales o grados elevados de invalidez puedan terminar su pena en sus domicilios.

La iniciativa parlamentaria generó muchas polémicas porque conllevaba el traslado de condenados por delitos de lesa humanidad a sus hogares particulares. De hecho, el lunes la Comisión de Constitución del Senado rechazó legislar ese proyecto, y la tensión persiste.

Sobre ello, el jefe de Estado señaló que "tiene un fundamento humanitario". Por su parte, la presidenta del Senado, Adriana Muñoz, rechazó la idea y negó que se trate de un desquite ideológico: "Lo que hemos hecho estos años es establecer un ordenamiento jurídico que establezca justicia, no venganza".

Situación del coronavirus

El último reporte del Ministerio de Salud indica que hasta el 15 de abril por la noche ese país sudamericano registraba 8.807 casos positivos de covid-19. A su vez, hasta el miércoles se contabilizaron 105 muertes de forma oficial. 

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