Una jueza anula en España un matrimonio civil porque el hombre "ocultó deliberadamente" relaciones homosexuales anteriores a la boda

Además, condena al exmarido a pagar una indemnización de 3.000 euros, 1.000 por cada año que duró el matrimonio.

Una jueza de Valencia (España) ha dictado la anulación del matrimonio civil de una mujer que alegaba que el hombre le "ocultó" su homosexualidad "deliberadamente" antes de la boda. Además, condena al excónyuge a una indemnización de 3.000 euros, 1.000 por cada año que duró el matrimonio.

Así, la magistrada estima la demanda interpuesta por la mujer contra su exmarido, del que lleva divorciada casi diez años, desde 2011, después de que unos amigos comunes le aseguraran que conocían la homosexualidad de su expareja y que había mantenido una relación con otro hombre durante su juventud.

La demanda de la mujer se basaba en que "de haber tenido conocimiento de la condición de homosexual (...) no hubiera prestado su consentimiento matrimonial" y que su expareja le había ocultado premeditadamente esta condición antes del enlace civil.

El auto de la sentencia hace referencia al artículo 73 del Código Penal, que instituye que es nulo el matrimonio "celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento".

En este sentido, la magistrada añade que "es una obviedad que para la mayoría de personas no es un hecho o circunstancia baladí la orientación sexual de sus parejas".

No acreditó relaciones con otras mujeres

Durante el proceso, el demandado, el abogado valenciano Javier Vilalta, se ha visto obligado a justificar su orientación sexual. Explicó que no era homosexual, sino bisexual, y que había tenido relaciones con otras mujeres con anterioridad a su boda. Además, también contó que había tenido escarceos adolescentes con otros hombres, aunque, en este caso, nunca había tenido relaciones completas.

Sin embargo, la jueza mantiene en su sentencia que sobre el punto de su bisexualidad y las relaciones previas con otras mujeres "no hay prueba directa, sino meros testigos de referencia, pudiendo fácilmente haber acreditado tales contactos trayendo como testigos a sus partenaires".

Hasta este polémico caso, la opinión pública española no se había hecho eco de un caso en el que una persona se viera impelida desde un tribunal a dar explicaciones sobre su orientación sexual, sus experiencias, actividades previas e, incluso, a hacer presentes a sus parejas sexuales anteriores.

Por su parte, la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB) ha emitido un comunicado en el que considera "reaccionaria la sentencia que obliga a pagar a un hombre por 'ocultar' su orientación sexual a su exesposa" y alerta de que se ha tratado de "un juicio moral" que sienta "un precedente peligroso".

Además, la FELGTB también tacha la sentencia de bifóbica porque aunque "el acusado se ha declarado abiertamente bisexual, la sentencia habla de homosexualidad".