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Fallo histórico en Chile: juez aplica perspectiva de género en la condena contra cuatro agentes de Pinochet por la violencia sexual en 'La Venda Sexy'

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El magistrado ha condenado a los acusados a 15 años de cárcel y al Estado chileno a una indemnización de 80 millones de pesos a cada mujer por crímenes ocurridos entre 1974 y 1975.
Fallo histórico en Chile: juez aplica perspectiva de género en la condena contra cuatro agentes de Pinochet por la violencia sexual en 'La Venda Sexy'

El juez chileno Mario Carroza ha condenado a cuatro agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional, conocida como DINA, por los delitos de secuestro calificado, aplicación de tormentos y aplicación de tormentos con violencia sexual a 10 prisioneros políticos, hombres y mujeres, en el centro de detención clandestino 'La Venda Sexy', también conocido como 'La Discoteque'.

"La gravedad y la naturaleza de los delitos llevan a resolver los casos ocurridos en el cuartel secreto de la DINA, Venda Sexy, con una perspectiva de género, ya que ellos constituyen una forma de violencia contra la mujer", afirmó el magistrado, según publicó el Diario Constitucional.

El fallo condena a los agentes Raúl Iturriaga Neumann, Manuel Rivas Díaz y Hugo Hernández Valle a 15 años de cárcel como autores de los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos a cuatro hombres; y por los delitos de secuestro y aplicación de tormentos con violencia sexual contra seis mujeres.

Además, el exmiembro de la DINA Alejandro Molina Cisternas también ha sido sentenciado a dos penas de prisión de 541 días cada una, como cómplice de los secuestros de dos de las víctimas.

Asimismo, el fallo ha condenado al Estado de Chile a pagar una indemnización de 80 millones de pesos chilenos (alrededor de 88.400 euros), a cada una de las víctimas, en concepto de daño moral.

En la sentencia, Carroza considera probado que la Dirección de Inteligencia Nacional, entre los años 1974 y 1975, bajo la dictadura de Augusto Pinochet, mantuvo varias instalaciones clandestinas con la finalidad de mantener recluidas y privadas de libertad "a personas partidarias de partidos políticos o movimientos que siguieron al Gobierno depuesto antes de ejecutarse el golpe de Estado". Además, califica a los retenidos como "prisioneros políticos".

Uno de esos lugares fue el situado en la calle Irán n° 3037 de la comuna de Macul, en Santiago, y conocido como 'Venda Sexy' o 'La Discoteque', donde se practicaban "agresiones y vejaciones sexuales" a los prisioneros. Además, había otros cuarteles destinados a fines similares, como los conocidos como 'Londres 38', 'Villa Grimaldi', 'Cuartel Terranova' o 'José Domingo Cañas', entre otros.

Perspectiva de género 

Este fallo histórico en la Justicia chilena ha llamado la atención por aplicar la perspectiva de género al condenar las agresiones sexuales que sufrieron las seis víctimas mujeres.

El magistrado establece que las prácticas a las que fueron sometidas las víctimas de forma sistemática durante los interrogatorios, obligan a "construir un tipo penal separado al de secuestro agravado", y que bajo los estándares internacionales constituyen conductas que "han de ser visibilizadas y exaltadas por su gravedad y deshumanización, toda vez que ellas instituyen una forma específica de violencia contra la mujer".

Los hechos probados en este proceso describen "aberraciones deshumanizadas ejecutadas por agentes del Estado". Carroza sostiene que en Chile existen demasiadas deficiencias en los tipos penales que sancionan las conductas asociadas con la violencia de género, por lo que hasta que los legisladores no efectúen cambios en las normativas, el magistrado aboga por que sea la jurisprudencia la que contribuya a subsanar esas deficiencias.

En el auto, el juez determina que los delitos juzgados son crímenes de lesa humanidad, en el marco de la comisión de violaciones graves, masivas y sistemáticas de los derechos humanos que llevaban a cabo agentes estatales a las órdenes del Gobierno de facto. 

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