El canal internacional
de noticias en español
más visto en el mundo
Actualidad

Ministerios de Salud y Justicia de Perú no apelarán el fallo que le permite a Ana Estrada recurrir a la eutanasia

Publicado:
La postura es asumida tras la sentencia del Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia, que ordenó respetar su decisión.
Ministerios de Salud y Justicia de Perú no apelarán el fallo que le permite a Ana Estrada recurrir a la eutanasia

Los Ministerio de Justicia y de Salud de Perú no apelarán el fallo dictado por un Juzgado de la Corte Superior, que ordenó a las instituciones respetar la decisión de la ciudadana Ana Estrada Ugarte de poner fin a su vida a través de la eutanasia.

La Procuraduría General del Estado (PGE) informó este martes que, en el marco de su autonomía, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Salud "no apelarán [la] sentencia del caso Ana Estrada". 

Derecho a una muerte digna

Desde los 12 años, Estrada Ugarte padece polimiositis, una enfermedad incurable y degenerativa. Durante una etapa pudo llevar una vida relativamente normal, estudió Psicología y ejerció su carrera.

No obstante, el avance de la enfermedad le impidió seguir trabajando y, actualmente, la mujer de 44 años apenas puede moverse y pasa alrededor de 20 horas al día postrada en una cama.

Además, Ana se ve forzada a utilizar un respirador artificial durante la mayor parte del día. 

Demanda

En estas condiciones de salud, Estrada exigió al Estado peruano que le garantice su derecho a una muerte digna, mediante la eutanasia. 

Por medio de la representación de la Defensoría del Pueblo, Estrada interpuso un amparo ante la Corte Superior de Justicia de Lima para que se declare inaplicable el delito de "homicidio piadoso", contemplado en el artículo 122, que castiga hasta con tres años de prisión a quien "por piedad" incurra en matar "a un enfermo incurable" para poner fin a sus "intolerables dolores".

En la demanda, la mujer pidió que no puedan ser procesados los profesionales médicos que intervengan en proporcionarle la eutanasia. 

Sentencia

El pasado 25 de febrero, el Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al Ministerio de Salud "respetar la decisión" de Estrada Ugarte de poner fin a su vida mediante la eutanasia. 

Además, el fallo ordenó al Seguro Social de Salud (ESSALUD) de Perú a brindar "todas las condiciones administrativas, prestacionales y sanitarias" para el ejercicio del derecho a la muerte en condiciones dignas, en favor de Estrada Ugarte. 

Por otra parte, el Décimo Primer Juzgado Constitucional declaró procedente que no sea aplicado el artículo 112 del Código Penal vigente.

comentarios
RT en Español en vivo - TELEVISIÓN GRATIS 24/7