La Cámara de Diputados de México aprobó hoy con 316 votos a favor y 129 en contra la Ley Federal para la Regulación del Cannabis que regula el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana para consumo personal, es decir, lúdico o recreativo, lo que representa un cambio radical en las políticas de drogas a nivel mundial y da inicio a un mercado multimillonario que ya es disputado por grandes empresas.
Con esta decisión, que deberá ser ratificada por el Senado antes del 30 de abril, México se convertirá en el tercer país del mundo, después de Uruguay y Canadá, en regular por completo el mercado de la marihuana, aunque tendrá un mayor impacto debido a que es uno de los principales países productores de la planta y a que padece una violencia endémica vinculada al narcotráfico, que ha dejado a millones de víctimas.
Durante el debate también se reformaron la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, lo que representó un avance en el proceso que la Corte Suprema de Justicia comenzó en 2018 al fallar a favor de consumidores que habían interpuesto un amparo para poder usar cannabis con fines personales.
Desde entonces, las organizaciones de usuarios intensificaron la lucha por la legalización con marchas, plantones y protestas que incluyeron impugnaciones hasta el último minuto, ya que consideran que la nueva ley tiene un enfoque predominantemente comercial y no de derechos humanos, lo que era su premisa al exigir la regulación.
Su queja principal se centra en el mantenimiento de la criminalización de los consumidores, ya que la nueva normativa impone penas si se superan los topes establecidos para el autocultivo y la posesión de la planta.
A lo largo de la discusión parlamentaria, quienes apoyaron la iniciativa subrayaron que las políticas prohibicionistas impuestas por EE.UU., a través de la llamada "guerra contra las drogas", provocó mayores daños en México que el consumo y el tráfico de sustancias.
Por el contrario, las y los diputados que votaron en contra advirtieron que la legalización "atentará" contra la salud de las familias.
¿Qué dice la Ley?
A lo largo de 55 artículos, la nueva norma establece que, a partir de ahora, el cannabis y sus derivados están autorizados en México para adultos que los quieran consumir con fines personales; en uso compartido en asociaciones civiles (lo que en Uruguay llaman clubes cannábicos); así como para la comercialización y su producción industrial.
Los mayores de 18 años no podrán consumir frente a menores u otras personas que no manifiesten expresamente su consentimiento, mientras que la venta solo se podrá realizar en territorio nacional y en establecimientos autorizados. En ningún caso estará permitida la publicidad de la marihuana.
Las Asociaciones de consumidores deberán constituirse con un mínimo de dos y un máxima de 20 personas, todas mayores de edad, que podrán sembrar; cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y consumir. El tope de siembra es de cuatro plantas de cannabis psicoactivo por persona asociada al año. Y no se podrá pertenecer a más de una Asociación por persona.
Con respecto a la comercialización, los establecimientos interesados deberán tramitar una autorización y no podrán vender más de 28 gramos por día a la misma persona.
Por otra parte, las licencias con fines industriales serán de cinco tipos: para el cultivo (adquisición de semilla o plántula, siembra, cosecha y preparación), transformación (fabricación y producción), comercialización (distribución y venta al público), exportación o importación (incluye el ingreso a México de cannabis no psicoactivo o productos elaborados, pero cumpliendo normas y tratados internacionales para precisar destino u origen) e investigación.
Para supervisar todos los aspectos del nuevo mercado, se iba a crear el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que sería un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, pero finalmente se sustituyó por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
Por otra parte, la penalización se mantiene, ya que se impondrá prisión de uno a tres años de prisión y de 200 a 400 días de multa, a quien comercie o suministre sin autorización entre 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo. Si la cifra es mayor, la pena será de cinco a 15 años.
Los activistas siempre han denunciado que a las fuerzas de Seguridad no les importan los topes supuestamente legales, porque siempre les "siembran" más sustancias para poder extorsionarlos.
La historia
Los campos mexicanos han sido ancestralmente tierra fértil para el cultivo de marihuana, una planta que aquí y en otras partes del mundo se usó desde tiempos ancestrales con fines religiosos, médicos o sociales.
A principios del siglo pasado, la planta se utilizaba en el país sin ningún tipo de limitación, hasta que EE.UU. comenzó a presionar para que se aprobaran leyes que prohibieran el consumo de determinadas sustancias, en particular la marihuana, el opio, la cocaína y, durante un tiempo, el alcohol.
En el caso de México, esa ley se aprobó el 15 de marzo de 1920, cuando el gobierno publicó el decreto 'Las disposiciones sobre el cultivo y comercio de productos que degeneran la raza', que prohibió el cultivo, venta y consumo de cannabis. Con el paso del tiempo, las leyes se endurecieron y la planta quedó estigmatizada al vincularse de manera directa a la delincuencia. Los prejuicios siguen vigentes.
Un siglo más tarde, el país está sumido en una guerra contra el narcotráfico que exacerbó la violencia, sin afectar un negocio que obtiene jugosas ganancias gracias a la ilegalidad de las sustancias que trafica, entre ellas la marihuana, de la que México es uno de los principales países productores.
En ese contexto, arreciaron las campañas en favor de la legalización que, de a poco y con normas diferentes, comenzó a avanzar en Europa, EE.UU. y América Latina, con Uruguay como ejemplo, ya que fue el primer país en regular de manera integral la cadena de producción, venta y consumo de la planta. Luego vino Canadá.
A fines de 2016, el Congreso mexicano aprobó la legalización de la marihuana con fines medicinales, pero el empujón final lo dio dos años más tarde la Suprema Corte de Justicia, al fallar a favor de consumidores que habían interpuesto un amparo para poder usar cannabis con fines personales.
"El derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan –sin interferencia alguna– qué tipo de actividades lúdicas desean realizar (…) ese derecho no es absoluto y podría regularse el consumo de ciertas sustancias, pero las afectaciones que provoca la marihuana no justifican una prohibición absoluta", afirmó el máximo órgano de justicia en una sentencia que sentó jurisprudencia. Es decir, la volvió obligatoria.
La Corte validó así el cultivo y el consumo, y determinó que el Poder Legislativo tenía de plazo el 31 de octubre de 2019 para reformar la Ley General de Salud que, en su capítulo sobre sustancias psicoactivas, todavía prohíbe todos los usos del cannabis. Pero la fecha no se cumplió, por lo que se estableció una prórroga que vencía el 30 de abril del 2020 y que se pospuso de nuevo al 30 de abril de 2021, debido a la pandemia.
Por ello, el Senado aprobó la reforma en noviembre pasado y la turnó para su discusión a la Cámara de Diputados, que la aprobó este miércoles con una serie de modificaciones, por lo que fue enviada de nuevo a la Cámara Alta, que ahora tendrá la última palabra.