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Por qué el Tribunal Electoral de Ecuador negó el último recurso a Yaku Pérez para el recuento de los votos (y qué va a pasar ahora)

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El candidato del movimiento Pachakutik exigía un recuento de los votos de los comicios presidenciales, celebrados el pasado 7 de febrero.
Por qué el Tribunal Electoral de Ecuador negó el último recurso a Yaku Pérez para el recuento de los votos (y qué va a pasar ahora)

Este domingo, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) de Ecuador negó el recurso subjetivo planteado por el Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik (MUPP) y su candidato Yaku Pérez, con el que exigían un recuento de los votos de los comicios del pasado 7 de febrero.

Pachakutik ha denunciado que hubo un fraude en contra de Pérez, que lo dejó en tercer lugar en esos comicios y le impidió avanzar al balotaje del 11 de abril.

¿Qué pidieron al TCE?

El recurso presentado por Pérez y el movimiento Pachakutik, el pasado 1 de marzo, iba en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE). En concreto, pedían dejar sin efecto una resolución emitida por este órgano el pasado 26 de febrero.

Esto se remonta al 23 de febrero, cuando los denunciantes, después de una marcha de seis días, presentaron ante el CNE 27.767 actas con presuntas irregularidades, para exigir que se hiciera un recuento de los votos.

Tres días después, el CNE concluyó que, del total de actas presentadas, fueron descartadas 20.534, puesto que entraban en una petición improcedente, según el Código de la Democracia. Por lo tanto, se accedió a analizar las 7.233 restantes, determinando que:

  • 1.453 actas estaban repetidas.
  • 5.409 actas no tenían ninguna inconsistencia.
  • 340 actas ya habían sido identificadas "con novedades" y recontadas.
  • 10 actas tenían inconsistencia numérica.
  • 21 actas tenían falta de firmas.

Por lo tanto, el CNE decidió que solo serían revisadas 31 actas, las que tenían inconsistencia numérica y las que estaban con falta de firma, y así lo estableció en su resolución final.

El objetivo de Pachakutik y Pérez ante el TCE era que este organismo anulara la decisión del CNE y decidiera a su favor para el recuento de todas las actas que habían entregado.

Escándalo tras la petición

Unos días después de presentado el recurso ante el TCE hubo un escándalo, puesto que se conoció que Pérez había tenido una reunión privada con Ángel Torres, uno de los jueces del organismo.

La información fue revelada por el medio local La Posta, que señaló que el encuentro se llevó a cabo en un edificio al norte de Quito, la capital ecuatoriana, durante más de hora y media.

El medio mostró fotografías en las aparecen Pérez, su pareja, Manuela Picq, y un individuo que porta un maletín. También, imágenes del vehículo oficial empleado por el juez Torres y un auto policial en el que, supuestamente, se movilizó el candidato de Pachakutik.

Tras la revelación, Pérez dijo que no se trató de una "reunión secreta", sino de un "saludo casual", y aseguró que "los maletines de gente honesta llevan actas, no billetes".

Por su parte, Torres señaló que había sido un "encuentro casual" y que "no hubo una reunión previamente acordada"; sin embargo, presentó una excusa para no intervenir en este caso.

La decisión del TCE

La decisión del TCE fue unánime. Los cinco jueces del organismo decidieron negar el recurso a Pérez y el movimiento Pachakutik y, por consiguiente, ratificar la resolución del CNE del 26 de abril.

Votaron Fernando Muñoz, quien sustanció la causa, Arturo Cabrera, Patricia Guaicha, Joaquín Viteri y Gustavo Ortega, este último fue quien reemplazó a Torres en el caso.

Estos jueces determinaron que los denunciantes:

  • No exponen con claridad "los vicios, las incorrecciones, inconsistencias, y todos los reparos concretos" para alegar en contra de la resolución del CNE.
  • No han identificado con exactitud "cuáles son las actas y las juntas que, según sus afirmaciones, no fueron correctamente atendidas" por el CNE.
  • Se "limitan" a manifestar su inconformidad con la resolución del CNE sin los fundamentos legales que los respalden.
  • Pretenden sostener sus aseveraciones "en virtud de una tendencia, es decir, porque resultaría ilógico el comportamiento de la votación o votantes".
  • Manifiestan como justificación que el recurso administrativo de objeción, el cual fue aceptado parcialmente (por el CNE), no satisface "en lo más mínimo aceptable" su aspiración de "transparentar los resultados electorales", lo cual es un argumento que no es suficiente para justificar la apertura de urnas en todas las actas que se han adjuntado al recurso.

El TCE indica que Pachakutik y Pérez en el recurso presentado "estaban obligados a señalar en cada acta revisada cual fue la inconsistencia, la causal prevista en la ley, y por qué no aceptaban el criterio sobre la misma, formulado por las áreas técnicas del CNE".

Sobre el recuento de los votos, en particular, el TCE señala que este debe hacerse "en casos puntuales y excepcionales", evitando "la manipulación indiscriminada de los votos y el escrutinio".

El TCE también se refirió al acuerdo que habían alcanzado Pérez y Guillermo Lasso, el candidato con el que se disputaba el segundo lugar en los comicios, en el que se convino revisar el 100 % de los votos en Guayas, y el 50 % de los sufragios en otras 16 provincias del país, con la anuencia del CNE. Sobre ello, dijo que "no tiene valor legal".

En relación al fallo, el abogado y experto en temas electorales Mauro Andino Espinoza explica que Pérez "fundamentó muy mal su recurso y poco se ajustó a las causales previstas en el artículo 138 del Código de la Democracia", que dispone los casos en los cuáles se puede hacer una verificación de los sufragios.

"Señaló puras generalidades, no identificó con precisión las actas, las supuestas inconsistencias o las Juntas Receptoras del Voto que denunciaba", añadió.

Pérez calificó de "deplorable" la decisión del TCE e indicó que continuarán en "resistencia" por la "transparencia".

¿Qué pasará ahora?

El fallo de TCE es de última instancia; por lo tanto, al movimiento Pachakutik y a Pérez solo les queda presentar un recurso para pedir la ampliación y aclaración de la sentencia, que no cambiará el fondo de la decisión.

Con esta decisión del TCE, además, se ratifica que el balotaje será entre Andrés Arauz, aspirante por la coalición Unión por la Esperanza, que aglutina al correísmo, quien alcanzó 32,72 % de los sufragios (3.033.791); y Lasso, del movimiento Creando Oportunidades (CREO), en alianza con el Partido Social Cristiano (PSC), que obtuvo el 19,74 % de los votos (1.830.172).

También, se mantiene el calendario electoral, con el arranque de la campaña para la segunda vuelta este martes 16 de marzo, el debate presidencial el próximo domingo 21 y los comicios el 11 de abril.

La Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (CONAIE) se pronunció la mañana de este lunes e informó que ante la decisión del TCE impulsarán el "voto nulo ideológico", es decir, que no apoyarán a Arauz ni a Lasso.

"Esta postura es consecuente con nuestra lucha histórica, por nuestro proyecto político que trasciende el tiempo electoral", enfatizan.

Edgar Romero G.

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