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La Cámara de Diputados de República Dominicana despenaliza parcialmente el aborto: solo en caso de riesgo vital para la madre

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Los parlamentarios avalaron, en primera lectura, una modificación del Código Penal que admite la interrupción del embarazo en un único caso, y no en tres como reclaman los colectivos feministas.
La Cámara de Diputados de República Dominicana despenaliza parcialmente el aborto: solo en caso de riesgo vital para la madre

La cámara de Diputados de República Dominicana aprobó este miércoles, en primera lectura, una modificación del Código Penal que despenaliza la práctica del aborto pero en un único caso: cuando esté en riesgo la vida de la gestante. 

La iniciativa legal, presentada en agosto de 2020, cosechó 146 votos a favor y 14 en contra, aunque para entrar en vigencia deberá superar una nueva votación en Diputados y luego la promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

La aprobación parcial se dio tras varios días de lectura del proyecto en el recinto y un encendido debate entre los congresistas. 

El eje principal de las discusiones giró en torno al tema de las causales excepcionales para interrumpir sin penalización el embarazo.

Tanto los colectivos feministas como otros espacios políticos que acompañan la ampliación del derecho al aborto plantean que deben contemplarse al menos tres causales: en caso de violación o incesto, por incompatibilidad del feto con la vida extrauterina, o cuando la vida de la mujer corra peligro.

Ya antes de debatir sobre el nuevo Código Penal, los diputados dominicanos rechazaron, con 111 votos de los 156 presentes en el recinto, un informe que buscaba descriminalizar el aborto bajo esas tres causas excepcionales.

En ese documento se pedía que la República Dominicana superara la penalización del aborto de la misma manera como lo han hecho ya numerosos países en el mundo.

Así, la resolución final ha sido considerada como una derrota para quienes buscan ampliar los derechos de las mujeres respecto a la interrupción del embarazo. 

El proyecto de ley debe todavía volver a ser aprobado por la Cámara de Diputados, para decidir si se convierte en ley, y en tal caso será remitido al Poder Ejecutivo para su posible promulgación o puesta en observación. 

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