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Objeción de conciencia, violencia obstétrica y vientres de alquiler: Los temas claves que plantea la reforma de la ley del aborto en España

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Aunque desde 2010 el aborto es libre hasta la semana 14, la nueva normativa busca garantizar el ejercicio de los derechos ya reconocidos y ampliar los existentes en torno a la salud sexual y reproductiva de las mujeres.
Objeción de conciencia, violencia obstétrica y vientres de alquiler: Los temas claves que plantea la reforma de la ley del aborto en España

El Ministerio de Igualdad de España, que encabeza la ministra Irene Montero, está trabajando en lo que espera que se convierta en su próximo hito de la legislatura: la reforma de la ley de 2010 de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo.

Tras la ley que reconoce los derechos de las personas trans, incluida la autodeterminación de género, y la ley de libertad sexual, conocida como del 'solo sí es sí' y que incluye una nueva definición de consentimiento sexual, ahora el departamento dirigido por Montero planea introducir un buen puñado de novedades para profundizar en los derechos de las mujeres.

El reconocimiento de la violencia obstétrica, la eliminación del periodo de reflexión para las mujeres que deciden abortar, la regulación de la objeción de conciencia de los profesionales médicos o la penalización del acoso frente a clínicas de interrupción del embarazo, son algunas de las cuestiones que el Ministerio ya ha adelantado que incluirá la norma.

¿Amenazas de retroceso?

En 2010 se dio un paso de gigante en España para el derecho de las mujeres a decidir. Entonces el gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero alumbró una ley que permitía el aborto libre durante las primeras 14 semanas de gestación, y lo permitía en varios supuestos (graves riesgos para la salud de la madre o el feto) hasta la semana 22. Se acababa con la ley de supuestos de 1985.

Ahora, once años después, el Tribunal Constitucional (TC) está dispuesto a desempolvar el recurso de anticonstitucional que presentó contra esta ley un grupo de parlamentarios del Partido Popular (PP), formación que estuvo en el poder desde 2011 hasta 2018 y que no derogó esta normativa.

Si bien es cierto que, a pesar de los lentos tiempos que siempre maneja este tribunal, se trata de un retraso sin parangón. Se vislumbra que habrá muchas dificultades para llegar a una resolución consensuada, que posiblemente fue el origen de que esta apelación acabara olvidada en un cajón.

Ahora el TC se ve obligado a enfrentarse a este asunto por dos iniciativas. Exdiputados del PP que impulsaron el recurso denunciaron en 2020 al Constitucional ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por la dilación. Además, la Asociación Abogados Cristianos, de orientación ultraconservadora, presentó ante el Tribunal Supremo una querella por retraso malicioso contra el ponente de la sentencia, el magistrado Andrés Ollero, para quien piden la inhabilitación para cargo o empleo público por un periodo de seis meses.

Ollero ha declarado que tiene preparada la ponencia para llevarla al Pleno cuando lo establezca el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, lo que todavía no ha sucedido. Este magistrado es abiertamente reconocido como antiabortista y fue diputado durante 17 años por el Partido Popular, formación que le propuso como miembro del Tribunal Constitucional durante el gobierno de Mariano Rajoy y que ha interpuesto el recurso. Además, su mandato dentro de la Corte está caducado desde 2019, debido a que el PP se opone a su renovación, a pesar de que lo impone la Constitución Española.

"Toda la maquinaria del Ministerio"

Sin embargo, frente a estos inconvenientes, la Ministra de Igualdad ha manifestado recientemente que la futura reforma del aborto "es inminente". "Estamos ya con toda la maquinaria del Ministerio a ello", sostuvo durante la celebración de un curso de verano.

Así, se espera poder presentar una propuesta a la que dé luz verde el Consejo de Ministros después del verano para que puede comenzar su andadura parlamentaria. Ya se cuenta con la oposición de los grupos de derecha y ultraderecha, Partido Popular y Vox, aunque se espera que cuente con el apoyo de la mayoría de la Cámara.

Garantizar los derechos reconocidos

La nueva norma que se está cocinando en Igualdad tiene dos vertientes, por un lado la de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos ya reconocidos y por el otro el de ampliarlos.

En el primer gran eje, se recuerda que no en todo el país las mujeres pueden acceder en igualdad de condiciones a este derecho, y que algunas tienen que recorrer un periplo en una situación en la que el tiempo es vital.

  • Desigualdades territoriales

A pesar de que se trata de un derecho cubierto y financiado por el sistema nacional de salud, muchas mujeres españolas encuentran graves dificultades para ejercerlo. De hecho existen regiones donde no existe ningún centro donde se pueda interrumpir un embarazo. Así, hasta cinco comunidades autónomas no han registrado un solo aborto en el sistema público en los últimos 30 años.

En esos casos, incluso mujeres cuya vida corre peligro o que están gestando con un feto con anomalías incompatibles con la vida, se ven obligadas a realizar un largo periplo, que las puede llevar a centenares de kilómetros de distancia de sus hogares mientras su embarazo se sigue prolongando.

  • Falta de regulación de la objeción de conciencia

En el centro de este problema está la objeción de conciencia de los médicos y su falta de regulación. Existen territorios donde no hay ningún hospital público donde se pueda interrumpir un embarazo porque sus centros hospitalarios se acogen a la objeción de conciencia en bloque, a pesar de ser un derecho individual.

Según la normativa vigente, los centros públicos deben organizar sus servicios en base a la disponibilidad de personal objetor o no. Así, los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tienen el derecho de ejercer la objeción de conciencia, a través de una decisión individual, que debe manifestarse anticipadamente y por escrito. Algo que no se cumple, puesto que ni siquiera existen datos sobre cuantos objetores hay. La ley también establece que la calidad asistencial no puede verse menoscabada por el ejercicio de este derecho.

Así, ahora una de las posibilidades que se está estudiando es la creación de un registro de profesionales objetores, para poder organizar los servicios, que no se pueda utilizar para discriminar de ninguna manera a los profesionales.

  • Situaciones de acoso frente a las clínicas abortivas

También se plantea poner fin a la situación de acoso y hostigamiento a las mujeres que deciden abortar, y que ocurre frente a las clínicas acreditadas para realizar interrupciones voluntarias del embarazo (IVE).

ACAI, la asociación que agrupa a la mayoría de estas clínicas, sostiene que desde que se aprobó la ley de 2010 hasta finales de 2020, más de 8.000 mujeres "se han visto increpadas, insultadas, coaccionadas y amenazadas de algún modo", con una media de 100 acciones de acoso y hostigamiento al año, en una situación que se ha vuelto "insostenible", apunta.

En este sentido, el Partido Socialista ya ha presentado una proposición de ley en el Congreso de los Diputados que recogen penas de entre tres meses y un año de cárcel para quienes acosen a las mueres a las puertas de las clínicas IVE. Ahora, Igualdad estudia el establecimiento de zonas de seguridad en el entorno de estos centros sanitarios para garantizar a sus usuarias su integridad física y moral, así como su derecho a la libre circulación.

Ampliando derechos

En cuanto a la ampliación de derechos, la intención de la nueva normativa es promover la educación afectivo sexual, fomentar la formación de profesionales para el acompañamiento de las mujeres, garantizar el acceso a la anticoncepción o derogar la reforma de 2015, entre otras cuestiones.

  • Mujeres de 16 y 17 años sin tutela

Uno de los caballos de batalla será la derogación de la reforma que llevó a cabo el conservador Partido Popular hace seis años, por la cual las mujeres de 16 o 17 años necesitaban del permiso o consentimiento de sus tutores legales.

Este requisito es considerado como una tutela de este colectivo de mujeres para el ejercicio de su derecho que, además, les expone como grupo vulnerable, pues algunas de ellas pueden verse en riesgo de sufrir malos tratos o diferentes tipos de violencia intrafamiliar. Además, se trata de una excepción, puesto que la legislación española les reconoce el derecho a decidir en el resto de cuestiones de salud que no entrañen un grave riesgo para la vida.

  • Fin a los tres días de reflexión

La nueva norma también llegará acompañada de otra de las demandas históricas de los colectivos feministas: la desaparición de los tres días de reflexión obligatorios, considerado como una tutela del derecho a decidir de las mujeres.

Actualmente las mujeres que solicitan un aborto reciben un dossier con información sobre prestaciones, derechos y ayudas a la maternidad y a continuación debe esperar tres días para realizar la intervención. Se trata de una disposición que no se aplica a ninguna otra prestación sanitaria que se ofrece en el país.

Gestación subrogada como forma de explotación reproductiva

El trabajo que se está desarrollando en el Ministerio de Igualdad ha puesto también el foco en los llamados 'vientres de alquiler', un fenómeno que no deja de crecer en un mercado que genera importantes beneficios económicos. El departamento de Montero lo considera como una violencia más contra las mujeres y señala que viola muchos de sus derechos durante la gestación: la movilidad, el derecho al aborto o a la rescisión de contrato.

Se propone desarrollar una legislación garantista con los derechos de las gestantes; estudiar sanciones con perspectiva trasnacional; prohibir la actividad de empresas y agencias que promueven la gestación subrogada, así como su publicidad; y analizar cuál es la mejor opción para el bienestar de los menores. Sin embargo, de momento el planteamiento concreto sobre este asunto es una de las mayores incógnitas que se descubrirá cuando se presente públicamente el borrador del anteproyecto de ley.

Violencia obstétrica como violencia de género

También se está trabajando en incluir el concepto de violencia obstétrica como otra de las violencias de género que reciben las mujeres, contemplándola como un atentado a los derechos humanos y una violencia institucionalizada normalizada.

Se establece la necesidad de prevenirla y erradicarla del sistema sanitario y habilitar la posibilidad de reclamaciones y reparaciones para las mujeres que hayan padecido consecuencias físicas y psicológicas.

Aunque todavía no hay un texto propuesto oficialmente, ya se ha despertado la susceptibilidad del colectivo médico. Así, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ha emitido un comunicado en el que consideran "desafortunado" el concepto de violencia obstétrica por entender que "criminaliza las actuaciones de profesionales", además de negar la existencia de actos violentos en la atención a las pacientes.

Sin embargo, en los últimos años se han dado miles de testimonios sobre estas prácticas y alguno de los casos han llegado a las primeras planas de los medios de comunicación, como el de una mujer embarazada que fue detenida y esposada por la Policía por haberse negado a una inducción al parto en la semana 42 de la gestación, sin que tuviera ninguna patología. La detención se produjo, además, en el momento en el que el parto se estaba iniciando naturalmente.

De hecho, el año pasado el Comité de Naciones Unidas para la Discriminación de todas las formas de Violencia contra la Mujer (CEDAW) condenó a España por la violencia obstétrica que sufrió una mujer e instó al país a "adoptar políticas públicas" para combatirla.

11 años de despenalización

Desde que se promulgó la ley de 2010 que permite el aborto libre, el número de interrupciones voluntarias del embarazo ha descendido paulatinamente. En 2019, fueron 99.149, según los últimos datos del Ministerio de Sanidad, mientras que en 2009, un año antes de que se aprobara la norma, se registraron 111.482.

La principal causa por la que las mujeres deciden interrumpir su embarazo en por motivos económicos, mientras que el rango en el que se producen más abortos es entre los 20 y los 24 años. El 86 % de las interrupciones voluntarias del embarazo en 2019 tuvieron lugar en clínicas privadas, frente a tan solo el 14 % en hospitales públicos.

Se estima que en todo el mundo se realizan aproximadamente 56 millones de abortos inducidos anualmente, de los que unos 25 millones (un 45 %) se producen en condiciones inseguras. El resultado es que al menos 23.000 mujeres pierden la vida cada año.

Nuria López

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