Lasso indulta a reos para reducir el hacinamiento en las prisiones de Ecuador ante la crisis del sistema carcelario
El presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, firmó dos decretos ejecutivos para conceder indultos a presos del país suramericano y así "reducir el hacinamiento en los centros de privación de libertad", ante la crisis que atraviesa el sistema.
Mediante el Decreto Ejecutivo 264, el mandatario otorgó el beneficio a prisioneros que hayan sido sentenciados por las infracciones previstas en los artículos 383 o 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Esto incluye a condenados por infracciones de tránsito, que no impliquen muertes ni lesiones; por ejemplo, conducir un vehículo cuyas llantas se encuentren lisas o en mal estado, que es penado con 5 a 15 días de prisión o el doble en casos de transporte público, o por transitar sin licencia, faltas a la autoridad o exceder la velocidad, que tiene una pena de tres días de cárcel.
Es con hechos y acciones concretas que atendemos al sistema penitenciario y garantizamos derechos. Como parte del #PlanRescateEcuador, mediante Decretos Ejecutivos N° 264 y N° 265, firmé indultos presidenciales para reducir el hacinamiento en los centros de privación de libertad. pic.twitter.com/UZEbrgcjVU
— Guillermo Lasso (@LassoGuillermo) November 23, 2021
Entretanto, con el Decreto Ejecutivo 265 el indulto es para prisioneros con enfermedades catastróficas o terminales, y para quienes padezcan tuberculosis multidrogorresistentes y coinfección TB-VIH.
En ambos decretos se deja claro que en ningún caso este beneficio "extingue la obligación de la reparación integral que cada uno de los receptores del indulto tenga a su cargo" ni "las multas u otras penas no privativas de libertad impuestas".
También se explica que para acceder al beneficio, los prisioneros deben "tener sentencia condenatoria ejecutoriada" y "no tener procesos penales pendientes en su contra".
En el caso del indulto a los enfermos, quedan excluidos del beneficio aquellas personas sentenciadas por el cometimiento de "delitos imprescriptibles" y otros tipificados en el COIP, como genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada, secuestro, trata de personas, peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, delincuencia organizada, entre otros.
Estos decretos se expiden luego de un último motín registrado entre el 12 y 13 de noviembre en el Centro de Privación de Libertad Guayas N°1, también conocido como Penitenciaría del Litoral, que dejó un saldo de 62 muertos.
Menos de dos meses antes, hubo otro amotinamiento en la misma prisión, con un saldo de 119 fallecidos, registrado como el motín más sangriento en la historia de Ecuador.