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¿El correísmo con Lasso? La controversia por la entrada en vigor de la Ley de Desarrollo Económico en Ecuador

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La normativa ha sido calificada por sus detractores como "un duro golpe contra los sectores populares y medios del país".
¿El correísmo con Lasso? La controversia por la entrada en vigor de la Ley de Desarrollo Económico en Ecuador

Esta semana entró en vigencia en Ecuador la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia de covid-19, presentada por el presidente Guillermo Lasso, luego de su publicación el pasado lunes en el Tercer Suplemento del Registro Oficial.

La normativa, que principalmente hace reformas tributarias, ha sido calificada por sus detractores, entre ellos el indigenista partido Pachakutik, como "un duro golpe contra los sectores populares y medios del país". Desde esta tolda política indican que "se traslada el peso de la crisis sobre los hombros de los que han sufrido los golpes de la pandemia" y "no se dan pasos para instaurar una verdadera justicia tributaria, para que paguen los que más tienen"; además, sostienen que con este texto, el Gobierno "ha podido cumplir el compromiso con el Fondo Monetario Internacional".

En torno a esta ley y, particularmente su promulgación, se ha generado una controversia debido a la votación a la que fue sometida el pasado viernes en la Asamblea Nacional y que, a la fecha, es motivo de confusión.

Proceso en la Asamblea

El proyecto de ley fue enviado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional el pasado 28 de octubre, con carácter de "urgencia en materia económica", lo que significa, según el artículo 140 de la Constitución ecuatoriana, que el Parlamento tiene un plazo de 30 días para aprobarlo, modificarlo o negarlo a partir de su recepción.

El 2 de noviembre, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el documento y lo remitió a la Comisión de Desarrollo Económico para su análisis. Esta instancia aprobó un informe y posteriormente remitió la normativa para un primer debate en el pleno de la Asamblea el 16 de noviembre, donde se hicieron observaciones. En esta sesión no se votó.

Después de ese primer debate, el 19 de noviembre la Comisión de Desarrollo Económico aprobó el informe de mayoría para la segunda discusión de la normativa, con las sugerencias que se hicieron en el pleno tres días antes. Paralelamente, la bancada correísta —partidarios del expresidente Rafael Correa y principales opositores al Gobierno— Unión por la Esperanza (UNES) elaboró un informe de minoría sobre el proyecto.

Los días 24 y 26 de noviembre se llevó a cabo el segundo debate del proyecto de ley y en la última de esas jornadas se sometieron a votación cuatro mociones.

La primera fue presentada por Francisco Jiménez, del partido oficialista Creando Oportunidades (CREO), que pedía la aprobación íntegra del proyecto, con el texto que fue remitido previamente a la Secretaría General de la Asamblea Nacional; es decir, el informe de mayoría que la Comisión de Desarrollo Económico aprobó para el segundo debate. Esta obtuvo 30 votos afirmativos, 88 negativos y 19 abstenciones, por lo que no se aprobó.

La segunda moción fue de Esteban Torres, del Partido Social Cristiano (PSC), que pedía negar el informe de mayoría de segundo debate del proyecto y, en su lugar, proceder a decidir sobre la votación del informe de minoría de UNES. Su propuesta obtuvo 90 votos a favor, 28 negativos y 19 abstenciones; por lo que se aprobó.

La tercera moción fue la de Carlos Zambrano, de UNES, quien pidió aprobar el texto de Ley aparejado al informe de minoría de la bancada correísta. Consiguió 48 votos a favor, 27 en contra y 62 abstenciones, entre ellas las del PSC, que inicialmente había mostrado su apoyo. Finalmente, no se aprobó.

la cuarta moción fue la presentada por Mireya Pazmiño, de Pachakutik, que pedía negar y archivar el proyecto enviado por el Ejecutivo. Su propuesta alcanzó 53 votos a favor, 3 en contra y 81 abstenciones, entre ellas las de UNES; por lo tanto, tampoco se aprobó.

La promulgación y la defensa de UNES

Luego de esa votación, el Ejecutivo ecuatoriano consideró que la Asamblea Nacional no había "aprobado, modificado o negado" el proyecto de ley.

Por tanto, Lasso promulgó como "Decreto-Ley" su normativa y la envió al Registro Oficial para su publicación el pasado lunes, amparándose en el artículo 140 de la Constitución y en el 62 de la Ley de la Función Legislativa que, en relación con los proyectos de urgencia en materia económica dice: "Por decisión del pleno de la Asamblea Nacional, se podrá archivar un proyecto de ley. Cuando en el plazo de 30 días la Asamblea Nacional no apruebe, modifique o niegue el proyecto calificado de urgente en materia económica, la presidenta o presidente de la República lo promulgará".

No obstante, la controversia en torno a la normativa apenas comenzaba. Después de la votación en el pleno del Congreso, en la que UNES se abstuvo en la moción de Pachakutik que expresamente hablaba de archivar el documento, se rumoró que había existido un pacto entre la bancada correísta y la de Lasso, que permitiría el avance del proyecto del Gobierno, cuestión que fue negada por los legisladores.

"¿Podemos pactar con un Gobierno que evidentemente le ha dado la espalda al pueblo ecuatoriano? Pues no. Rechazamos categóricamente esos intentos de posicionar este nuevo encuadre mediático de que la bancada UNES tiene un pacto con el Gobierno, no existe tal pacto", dijo la legisladora Paola Cabezas, del bloque correísta.

La asambleísta señaló, en defensa de su bancada, que "esa ley fue negada tres veces", al hacer referencia a los votos en contra que recibió la moción de Jiménez, los votos a favor de la propuesta de Torres y la negativa al tercer planteamiento de Zambrano.

Cabezas también dijo que la presidenta del Parlamento, Guadalupe Llori, y el secretario general de la institución, Álvaro Salazar, "tendrán que responderle al país". Esto debido a que en el oficio enviado a Lasso desde el Congreso, luego de la votación sobre el proyecto de Ley de Desarrollo Económico, indican que ninguna moción obtuvo los votos necesarios para su aprobación, pero solo hablan de tres mociones, dejando de lado la presentada por Torres, que textualmente pidió negar el informe y fue aprobada.

"¿No creen que se les olvidó una moción muy importante que recibió 90 votos afirmativos?", preguntó, por su parte, en su cuenta en Twitter, el asambleísta Torres, que cataloga la propuesta de Lasso como "Proyecto de Ley Impuestero".

¿Qué viene?

El mismo artículo 62 de la Ley de la Función Legislativa establece que la Asamblea Nacional podrá, en cualquier tiempo, modificar o derogar, con sujeción al trámite ordinario previsto en la Constitución, la normativa promulgada como "Decreto-Ley" por el mandatario.

El asambleísta Salvador Quishpe, de Pachakutik, en entrevista con Contacto Directo, de Ecuavisa, dijo que su bancada ya tiene listo el texto derogatorio para dirigirlo a la Asamblea Nacional, y espera contar con el apoyo de UNES para su aprobación.

Tampoco se descarta, como han señalado otros partidos, plantear una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional.

Lo que establece la ley

La ley promulgada por Lasso, la primera de tres proyectos que prevé enviar a la Asamblea, tiene 225 artículos y, según informó el Ministerio de Economía y Finanzas, "ha sido elaborado recogiendo las sugerencias de varios sectores y políticos del país" y tiene como objetivo recaudar 1.900 millones de dólares en los dos primeros años de vigencia.

Entre otras cosas, la normativa establece cambios en el sistema tributario, como:

  • Impuesto a la Renta (IR)

Se incrementa el valor de este impuesto para las personas que ganen desde 2.000 dólares mensuales, es decir, 24.000 dólares al año; afectando directamente a la clase media del país.

En cuanto a las empresas, este se reduce en tres puntos por 15 años para las nuevas compañías o nuevas inversiones; y de cinco puntos si es que tienen contrato de inversión con aval del Ministerio de Finanzas.

  • Impuesto al patrimonio

Las personas naturales que tengan un patrimonio superior a un millón o más de dos millones de dólares en sociedad conyugal, deberán realizar solo por una vez, una contribución especial.

Las empresas del país que tengan un patrimonio mayor a 5 millones de dólares deberán hacer una contribución solidaria del 0,8 % de su patrimonio, solo por dos años.

  • Impuesto a la herencia

Se elimina el impuesto a la herencia para los hijos del causante, o para el cónyuge sobreviviente cuando no existan hijos para heredar. El beneficio se extiende a herederos de causantes fallecidos entre el 15 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, que no hayan pagado el impuesto.

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Se exime de este impuesto la venta de productos como mascarillas, oxímetros, productos sanitarios femeninos, entre otros.

Se grava con el 12 % a las lámparas LED, cocinas eléctricas, suministro de dominio de páginas web, clouding y hosting, etc.

  • Impuesto a Consumos Especiales (ICE)

Se elimina para vehículos eléctricos e híbridos, para jugos con contenido natural mayor al 50 %, se exime el 15 % a planes de telefonía móvil y fija para empresas y el 10% para personas naturales.

Por otro lado, se incrementa de 7,18 a 10 dólares por litro de alcohol para el licor.

  • Regularización de Activos en el Exterior

Este, al igual que el IR, es uno de los puntos más controvertidos de la normativa. La ley establece el Régimen Impositivo, Voluntario, Único y Temporal para la Regularización de Activos en el Exterior.

En este se establece el pago de un tributo único con una tarifa progresiva que varía del 3,5 % al 5,5 % (en función del momento en que se produce la declaración y pago) y para aplicar se deberá presentar una declaración juramentada por la que se manifiesta la voluntad irrevocable de acogerse al régimen.

"Es un régimen tributario para que todas aquellas personas que mantienen activos en el exterior de cualquier clase, como fideicomisos en 'offshore' en paraísos fiscales, por ejemplo, puedan repatriar esos capitales, lo que abre una ventana a la regularización de activos de origen ilícito y susceptibles de formar parte de entramados de corrupción, evasión de impuestos, y crimen organizado", dice, en un artículo, el economista Pablo Dávalos.

Edgar Romero G.

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