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¿En qué consiste la polémica ley de seguridad que está a un paso de promulgarse en Colombia?

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La normativa agrava las penas y aumenta las consideraciones para los casos de legítima defensa, pero desde la oposición dicen que limita la libertad de protesta y es "una licencia para matar".
¿En qué consiste la polémica ley de seguridad que está a un paso de promulgarse en Colombia?

El Senado de Colombia aprobó este martes un polémico proyecto de ley sobre seguridad ciudadana que aumenta las penas para muchos delitos y brinda mayores contemplaciones para aquellas personas que agredan a un tercero en acciones de legítima defensa, aunque desde la oposición critican que la normativa se podría usar para restringir manifestaciones. 

El texto, que ya había sido aprobado por la Cámara de Representantes el lunes, ahora debe ser analizado por la comisión de conciliación, a cargo de superar las discrepancias entre ambos recintos. Después, con las adaptaciones finales, iría directo a Presidencia para su promulgación final

La iniciativa, impulsada desde los ministerios de Justicia, Defensa y del Interior, propone cambios en el Código Penal y sus procedimientos judiciales, junto a renovadas normativas de seguridad y convivencia ciudadana.

Principales modificaciones

El Gobierno de Iván Duque y sus aliados en el Congreso proponen como posible solución al problema de la inseguridad un aumento en los castigos. Así, el homicidio agravado –cometido contra un servidor o exservidor público, periodista, juez de paz, defensor de derechos humanos o miembro de una organización política o religiosa–, que hoy tiene penas de hasta 50 años de cárcel, subiría a los 58 años y tres meses de reclusión máxima, informa El Tiempo.  

A su vez, la intimidación con armas de todo tipo, será considerada delito, y su castigo podría ser desde los cuatro a los seis años de privación de la libertad, repasa El País. El hurto, tendría condenas de dos a cuatro años, si la cuantía es inferior a cuatro salarios mínimos. En cambio, la prisión sería de cuatro a nueve años si lo robado equivale a cuatro salarios mínimos o más.

Además, quienes dañen infraestructura destinada a la seguridad pública o el transporte, recibirían penas que oscilan entre los cuatro y 12 años. Si los responsables portan máscaras o elementos para ocultar su rostro, se podría aumentar la cárcel con la mitad o dos terceras partes del castigo original. 

Otro de los puntos que tuvo en cuenta el Congreso fue el delito de instigación a delinquir, en un país atravesado por el crimen organizado. Si esta práctica se realiza para hurtos o dañar bienes ajenos, se contempla de cuatro a seis años de cárcel. Si la conducta se utiliza para los delitos de genocidio, homicidio, desaparición forzada, secuestro, tortura, traslado o desplazamiento forzoso y violencia contra un servidor público, la prisión podría ser de entre diez y 20 años, con una multa de entre 800 y 2.000 salarios mínimos.   

En cuanto a los reincidentes, la normativa menciona la figura de "peligro para la comunidad". Este aspecto apunta a que, aquellos individuos que vuelven a delinquir tras ser liberados, si portan armas para amenazar, podrían volver a prisión de manera más expeditiva. 

La reforma también prevé cambios en cuanto a la legítima defensa, que es cuando un ciudadano agrede a otro para resguardar su propia integridad física, ante un peligro inminente. Con los cambios, se quitaría la responsabilidad penal incluso para proteger la propiedad privada, cuando se produzca un ingreso violento a la misma, incluyendo a vehículos particulares.

Posiciones cruzadas

Este proyecto se impulsa luego del Paro Nacional del 2021, que incluyó masivas movilizaciones, disturbios, fuertes operativos represivos, homicidios y violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad, según un reciente informe de Naciones Unidas.

Ahora, la oposición colombiana afirma que esta nueva normativa apunta a restringir la protesta social y dar vía libre a los uniformados para continuar con su accionar coercitivo: "Una cosa es salir a controlar a los manifestantes y otra es salir a matar, como sucedió en Cali. 48 muertos, casi todos jóvenes", enfatizó la congresista Aída Avella, de la Unión Patriótica (UP).

En contrapartida, Paloma Valencia, del oficialista Centro Democrático (CD), dijo que el proyecto "no criminaliza la protesta". Y añadió: "La separa de la infiltración del vandalismo, de los bloqueos, de la destrucción del sistema de transporte, de los bienes públicos y privados. La protesta no es ni puede ser violenta".

Sobre el aumento de penas para quienes porten mascarillas en contextos de tensión, el candidato presidencial y actual senador del Nuevo Liberalismo, Rodrigo Lara, cuestionó este punto controversial: "Cualquiera que esté, por casualidad, en un momento de destrucción de una estación de Transmilenio, o acompañando simplemente por idealismo, usando un tapabocas negro, se entendería que está en esta causal". Y preguntó: "¿Con qué criterio puede el juez aplicar esta norma?".

El senador Iván Cepeda, del Polo Democrático (PD), expresó que la ley "que aprueba el uribismo" es "un compendio de disposiciones que legalizan prácticas criminales oficiales, paramilitares y de particulares". También la tildó como "una licencia para matar" y "una nueva aberración de corte fascista de este Gobierno".

Más allá de las críticas, junto a otros legisladores opositores envió dos cartas, una dirigida a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y otra a tres congresistas estadounidenses: Patrick Leahy, Jim McGovern y Alexandria Ocasio-Cortez, para "que se tenga en cuenta esta ley a la hora de aprobar fondos para Colombia".

Entre sus puntos principales, se alerta que el uso de la legítima defensa podría usarse contra "comunidades desplazadas" en casos de tomas de tierras, "como denominan las comunidades indígenas a esta modalidad de protesta". 

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