Putin instruye a las Fuerzas Armadas de Rusia garantizar el mantenimiento de la paz en Lugansk y Donetsk

El mandatario ruso firmó este lunes los decretos sobre el reconocimiento de la independencia de las repúblicas populares de Donetsk y Lugansk.

El presidente de Rusia, Vladímir Putin, ha ordenado este lunes al Ministerio de Defensa que garantice el mantenimiento de la paz por parte de las Fuerzas Armadas rusas en las repúblicas populares de Donetsk y Lugansk.

Previamente, el mandatario informó durante un mensaje a la nación de su decisión de "reconocer de inmediato la independencia y la soberanía" de Donetsk y Lugansk y firmó los decretos pertinentes sobre el reconocimiento de la independencia de ambas repúblicas populares.

"En relación con el llamamiento del líder de la república popular de Donetsk, [ordeno] al Ministerio de Defensa ruso que garantice hasta la firma del acuerdo [de amistad, cooperación y asistencia mutua] que las Fuerzas Armadas rusas realicen funciones de mantenimiento de la paz en el territorio de la república popular de Donetsk", reza el decreto relativo al reconocimiento de la independencia de Donetsk.

La instrucción del Ministerio en el decreto de reconocimiento de la independencia de Lugansk está formulada de forma similar.

Asimismo, el mandatario ruso ordenó al Ministerio de Asuntos Exteriores que lleve a cabo negociaciones con las autoridades de ambas repúblicas populares sobre "el establecimiento de relaciones diplomáticas y formalice el acuerdo con los documentos pertinentes". También encargó a la Cancillería que, con la participación de los órganos ejecutivos federales interesados, lleve a cabo negociaciones con Donetsk y Lugansk para preparar proyectos de tratado de amistad, cooperación y asistencia mutua.

Aunque los tratados de amistad y cooperación entre Moscú y las repúblicas recientemente reconocidas aún se encuentran en la etapa de borrador, la Duma Estatal rusa ha hecho públicos los documentos propuestos el lunes, mostrando que incluirán la defensa común contra la agresión externa y el derecho a utilizar la infraestructura militar del otro, entre otros asuntos.

De especial interés es el artículo 5, que otorga a las partes firmantes el derecho a "construir, utilizar y mejorar las infraestructuras militares, bases y otros objetos en su territorio". Mientras, el artículo 6 prohíbe a las partes "ingresar en cualquier bloque o alianza dirigida contra cualquiera de ellas" y no permitirá que su territorio se utilice para lanzar ataques contra la otra.

A su vez, el artículo 13 obliga a las partes a proteger la "identidad étnica, lingüística, cultural y religiosa de las minorías nacionales en sus territorios y a crear las condiciones para preservar y desarrollar" estas identidades, garantizando al mismo tiempo los derechos individuales y colectivos de las minorías "sin ser sometidas a ningún intento de asimilación contra su voluntad".

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