La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó, por mayoría de tres votos, la penalización de la portación de más de cinco gramos de marihuana para consumo lúdico en un caso de amparo que presentó un particular. Sin embargo, el máximo tribunal mexicano no se manifestó sobre la inconstitucionalidad del delito de posesión simple de la cannabis sin intenciones de venta a nivel nacional, lo que puede conllevar penas de prisión.
"El proyecto es aprobado, pero no genera un precedente obligatorio para el resto de los casos. Solo en este caso, un tribunal colegiado tendrá que decidir si la persona acusada poseía cannabis para uso personal o no", explicó la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD).
"El propio proyecto reconoce que el delito de posesión simple no protege la salud pública y se presta a excesos autoritarios del Estado. Las y los ministros no se deshicieron de esos argumentos y no optaron por declarar su inconstitucionalidad. Una vergüenza", criticó, por su parte, la especialista Lisa Sánchez, integrante de MUCD.