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¿Una reforma utilitaria o de derechos? España prepara un cambio al reglamento de Extranjería a la sombra de la muerte de 37 migrantes en Melilla

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La nueva normativa continúa vinculando la inmigración con la situación nacional del mercado laboral.
¿Una reforma utilitaria o de derechos? España prepara un cambio al reglamento de Extranjería a la sombra de la muerte de 37 migrantes en Melilla

A mediados de junio, el Consejo de Ministros de España acordó la tramitación de la modificación del Reglamento de Extranjería, una medida ampliamente reclamada por varios sectores desde hace tiempo.

Tan solo 10 días después se produjo la tragedia de Melilla. 37 migrantes subsaharianos perdieron la vida cuando intentaban saltar la valla de entre seis y diez metros de altura, coronada por alambre de púas, que separa Marruecos de la ciudad española mientras eran reprimidos por agentes marroquíes. Otros 76 resultaron heridos.

La indignación por este desastre humanitario ha recorrido gran parte del país. Incluso órganos de Naciones Unidas se han pronunciado lamentando el suceso, pidiendo investigaciones y responsables y abogando por el establecimiento de vías seguras para la migración.

Las organizaciones sociales y el ámbito político de la izquierda española llevan tiempo pidiendo un cambio de la política migratoria del país. Sin embargo, la expectativa levantada por el nuevo reglamento de Extranjería ha dado paso a diversas reacciones. La mayoría de las entidades sociales lo han acogido con cierto escepticismo.

La norma introduce algunas mejoras, incluyendo la creación de una figura nueva de arraigo, pero también tiene carencias e, incluso, institucionaliza medidas que ya habían sido rechazadas por el Tribunal Supremo.

¿Cuáles son las principales novedades?

La reforma del Reglamento de Extranjería propuesta por el Ministerio de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones está enfocada a la optimización del mercado de trabajo, como apunta en su introducción, donde dice que existe "una falta de capital humano en determinados sectores y ocupaciones", en un momento de reactivación económica, tras la pandemia, cuando el país se encuentra en pleno proceso de ejecución de las inversiones asociadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia para distribuir los fondos europeos Next Generation EU.

De hecho, ese objetivo declarado es una de las principales críticas de las organizaciones sociales, que creen que se va a perder una oportunidad de dejar de lado la visión utilitaria de la migración y de abordar el reconocimiento de los derechos de los migrantes.

Las modificaciones incluyen que los estudiantes, que hasta ahora solo podían tener un empleo de manera puntual, podrán trabajar hasta 30 horas a la semana.

En cuanto a la contratación de migrantes en origen, se proponen varias novedades. En primer lugar, la actualización del Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura. Hoy en día para realizar una contratación en origen hay que superar la Situación Nacional de Empleo, es decir, que no haya ningún demandante de empleo en España para cubrir ese puesto de trabajo.

De modo que las contrataciones en origen solo son posibles para cubrir puestos incluidos en el Catálogo, un documento reconocido como obsoleto incluso por el Ministerio, y que actualmente solo recoge ocupaciones relacionadas con trabajos en barcos o deporte profesional. De ahí la urgencia de su actualización.

Además, se incluye la posibilidad de que sea el propio empleador el que justifique ante la Oficina de Extranjería la dificultad de cubrir los puestos de trabajo que él oferta, opción no contemplada en la actualidad, así como incentivos para el retorno de los trabajadores migrantes.

Reforma de los arraigos

La reforma traerá varios cambios en los tres arraigos, social, laboral y familiar, y la creación de un cuarto, de formación.

  • Arraigo laboral

Se introduce una disposición por la que podrán obtener una autorización por arraigo laboral los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España por un periodo mínimo de dos años, cuando no tengan antecedentes penales durante los últimos cinco, demuestren relaciones laborales de al menos seis meses y se encuentren en situación de irregularidad en el momento de la solicitud.

Sin embargo, la relación laboral previa debe haber sido realizada desde la situación de regularidad administrativa, en los últimos dos años, al menos 30 horas semanales durante seis meses o 15 horas durante 12 meses, incluyendo relaciones laborales por cuenta ajena o propia, esta última por primera vez.

Este caso está ideado para aquellas personas que trabajaron de manera regular en España pero les sobrevino, a posteriori, la irregularidad. 

Asimismo, se introduce una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de colaboración con las administraciones públicas, en este caso con la administración laboral, de un año de duración para quienes acrediten ante la Inspección de Trabajo haber trabajado en situación irregular al menos seis meses en el último año, eliminando la obligatoriedad de llevar dos años residiendo en España. Tendrá un año de duración y habilitará para trabajar por cuenta ajena y propia.

  • Arraigo social

En cuanto al arraigo social, la norma actual establece que se debe acreditar un periodo de permanencia en España de tres años, la inserción en la sociedad española y un contrato de trabajo con una duración mínima de un año que garantice el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El cambio aquí es que ya no se menciona la duración del contrato de trabajo, lo que facilitará el acceso a este permiso.

  • Arraigo familiar

Con respecto al arraigo familiar se establece que el permiso de residencia tendrá una duración de cinco años para los ascendientes de un menor de nacionalidad española, acompañado de una habilitación para trabajar por cuenta propia o ajena.

Además, se introduce en las mismas circunstancias (5 años y válido para trabajar por cuenta propia o ajena) otro supuesto: "Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada, ascendientes mayores de 65 años o menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años o mayores de 21 años a cargo de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española o de su cónyuge o pareja de hecho".

  • Novedad: arraigo por formación

El arraigo para la formación ofrecerá una autorización provisional de 12 meses, prorrogable por otros 12, para los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, que no tengan antecedentes penales y que tengan el compromiso de realizar una formación para el empleo reglada.

Si tras superar la formación se presenta una solicitud junto con un contrato de trabajo que garantice al menos el SMI se concederá una autorización de dos años que habilita para trabajar.

¿Cuáles son las principales críticas?

Una alianza de cinco organizaciones, formada por Andalucía Acoge, Cáritas, Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), CEPAIM y Red Acoge emitió un comunicado conjunto en el que reconocen los aspectos positivos del borrador, pero lamentan su falta de ambición. Critican que continúe vinculando inmigración y mercado laboral y que obvie el reconocimiento a estas personas de la condición de ciudadanos de pleno derecho, independientemente de la coyuntura.

Abogan por la inclusión de una mayor flexibilización de la reagrupación familiar, el fomento de los visados de búsqueda de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de los solicitantes de protección internacional. Asimismo, echan de menos una regularización extraordinaria.

Entre los aspectos que más críticas han levantado se encuentra la nueva regulación del arraigo laboral, puesto que se especifica cuándo tuvo que haberse producido la relación laboral, el número de horas trabajadas y que la actividad laboral debía ser "regular", todas ellas cuestiones que habían sido rechazadas con anterioridad por sentencias emitidas por diferentes juzgados.

Especialmente criticado es que en el momento de la solicitud el migrante tenga que encontrarse en situación irregular, puesto que deja fuera a personas como los solicitantes de la condición de refugiados, los solicitantes de asilo y quienes están recurriendo en reposición o contencioso. Personas que tienen sus documentos en regla, pero no tendrán el mismo acceso a una autorización para trabajar, volviendo su situación más vulnerable.

Asimismo, que el arraigo laboral se obtenga solo cuando la relación laboral se desarrolló "regularmente" contradice la naturaleza de este arraigo, sostienen las críticas.

¿Cuál es la situación de la migración irregular en España?

Durante 2021 en España se concedieron por razones de arraigo laboral 5.902 autorizaciones y por arraigo social 47.877. A ellas cabría sumar las 19.051 concedidas por arraigo familiar y 285 autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia.

Sin embargo, la situación de irregularidad es mucho más difícil de cuantificar. La mayor aproximación se encuentra en los datos de un informe elaborado por la Fundación Por Causa, que recoge que a finales de 2019 residían en España de forma irregular entre 390.000 y 470.000 extranjeros, es decir, entre el 11 y el 13 % de los inmigrantes extracomunitarios y el 0,8 % de la población total.

A diferencia del imaginario colectivo influido por imágenes como las del pasado 24 de junio en Melilla o por declaraciones de políticos, los migrantes africanos en situación irregular son una minoría. Casi cuatro de cada cinco extranjeros sin papeles provienen de América del Sur y Central. De ellos, tres nacionalidades, colombianos, venezolanos y hondureños, suponen el 60 %.

El continente africano aporta solo el 9,2 % de los migrantes irregulares, la mitad de ellos de origen marroquí. Se trata de una tasa tres veces más baja que el conjunto de EE.UU. y Canadá.

¿Racismo en la política migratoria?

A pesar de estos datos en España la imagen de la inmigración irregular se encuentra asociada a los intentos de entrada desesperados por la frontera sur, bien a través de precarias pateras llegadas a las islas Canarias o a las costas más meridionales de la Península o bien por vía terrestre a través de los intentos de salto de las vallas fronterizas de las ciudades de Ceuta y Melilla. Una vez en el interior del país ese imaginario colectivo se dirige hacia los manteros o a los trabajadores del campo de origen subsahariano.

Sin embargo, la realidad es muy diferente, con un porcentaje muy mayoritario de la migración irregular llegada por avión, mayoritariamente latinoamericana, compuesta por un 55 % de mujeres y dedicada principalmente a los cuidados y a la hostelería.

A pesar de los datos, la frontera sur está en el foco político y mediático, como se pudo observar la pasada semana en la Cumbre de la OTAN que celebró en Madrid, donde su documento de Concepto Estratégico ha recogido su potencial peligro y la amenaza de que se utilice la migración para desestabilizar países.

Los detractores de las regularizaciones y de la flexibilización de las políticas de migración hablan del efecto llamada, desconociendo que la intensidad de los flujos migratorios hacia España siempre ha sido proporcional a la buena marcha de la economía, como demuestra que se redujera drásticamente a partir de la crisis económica de 2008 y comenzara un lento pero sostenido aumento a partir de 2015, con una relación, en este caso inversa, con las tasas de paro del país.

Asimismo, se argumenta la imposibilidad de España de acoger a ese número de migrantes, una hipótesis que ha saltado por los aires tras el estallido del conflicto en Ucrania. Desde el 24 de febrero, el país ha acogido en torno a 120.000 ucranianos, en un espacio de apenas cuatro meses.

Estas diferencias en el trato que reciben los migrantes europeos o africanos, como fue el caso de muchas de las personas que perdieron la vida en la valla de Melilla la semana pasada, han sido calificadas de prácticas racistas.

Así, hace años que se denuncian prácticas de las fuerzas del orden como la solicitud de identificación de personas atendiendo al color de su piel, lo que se traduce en la llamativa composición de los internos de los ocho Centros de Internamiento de Extranjeros que hay en el país.

En 2020 en esos ocho centros fueron ingresadas y repatriadas 1.244 personas, según los datos difundidos por el Defensor de Pueblo. La inmensa mayoría era migrantes de nacionalidad marroquí (437) o argelina (484), mientras que en los registros no se encuentra a ningún ciudadano estadounidense o canadiense, ciudadanos que superan la tasa de irregularidad de todo el continente africano.

Así, a pesar de la minoritaria cifra que representan los africanos, estos migrantes copan la ocupación de CIEs y las expulsiones del país.

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