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Un hombre que disparó a varias personas en España pide su derecho a la eutanasia y una jueza sienta precedente

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Durante el proceso de negociación hirió a dos agentes, pero los disparos que recibió en brazos y piernas le provocaron una lesión medular irreversible.
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Ataviado con una peluca y una gorra, el exvigilante de seguridad Marin Eugen Sabau entró el 14 de diciembre de 2021 en las oficinas de la empresa donde trabajaba en la ciudad de Tarragona, en la comunidad española de Cataluña, y comenzó a disparar a los empleados.

Según explicó él mismo en un correo electrónico enviado a la compañía de seguridad, Securitas, de donde había sido despedido, buscaba "hacer justicia" por el "infierno" que le habían hecho vivir sus jefes. Dejó a tres trabajadores heridos.

Después, Sabau –conocido como 'el pistolero de Tarragona'– huyó y se atrincheró en una casa abandonada. Durante el proceso de negociación hubo un intercambio de disparos entre él y los Grupos Especiales de Intervención (GEI), unidad de élite de los Mossos d'Esquadra (la Policía regional catalana). Hirió a dos agentes y los disparos que recibió en brazos y piernas le provocaron una lesión medular irreversible.

Sabau fue ingresado en un hospital penitenciario en Terrassa, Barcelona, y tiene un procedimiento abierto por varias tentativas de homicidio, atentado a la autoridad y tenencia ilícita de armas. Desde el centro médico, solicitó el proceso de la eutanasia, que contó con la aprobación de los doctores.

Pero los heridos en el ataque quisieron detener el proceso para que avance la causa penal. José Antonio Bitos, abogado de los dos Mossos heridos, argumentó que "un presunto asesino no debe sortear ni el juicio ni una condena mediante la eutanasia". 

"Derecho a la dignidad"

Sin embargo, este jueves, la titular del juzgado de instrucción número 5 de Tarragona, Sònia Zapata, resolvió que la intervención siga hacia adelante. 

Según el auto, la jueza consideró que "no existe previsión legal que permita a un juez de instrucción interferir en un proceso regulado en una Ley Orgánica sobre derechos fundamentales".

Zapata especifica que tampoco regula la ley de manera específica la eutanasia aplicada a personas que se hallen en situación de prisión provisional o sujetas a un procedimiento judicial de cualquier tipo. "De hecho, solo se prevén exclusiones en caso de menores o personas que no tengan capacidad de decidir", sentencia.

La magistrada hace hincapié en "el derecho a la integridad física y moral, el derecho a la dignidad, el derecho a la libertad y autonomía personal" frente "al derecho a la tutela judicial efectiva que la parte proponente identifica con el 'derecho a un juicio justo'".

El caso es considerado como un precedente en España, donde la ley de la eutanasia entró en vigor el año pasado y este país se convirtió en el séptimo del mundo en regularla, después de Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Colombia y Nueva Zelanda.

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