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"Poliamor filiatorio": la Justicia argentina reconoce que un bebé tenga dos padres y una madre que se conocieron en una web para tener hijos

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Tras la sentencia, se emitió la partida de nacimiento del bebé, que tendrá los apellidos de los tres adultos.
Imagen ilustrativa

Fernando y Juan (nombres ficticios) deseaban ser padres, pero descartaron la idea de una gestación subrogada o adoptar y, aconsejados por su terapeuta, decidieron buscar una mujer que también quisiese ser madre. 

La pareja, que vive en Argentina, encontró a la persona que buscaba en una página de "coparentalidad para hacer un bebé", tal y como promociona el propio portal, que cuenta con más de 45.000 suscriptores y que conecta a las personas que buscan tener hijos. 

Tras conocerse y después de muchas conversaciones, la mujer se sometió a una técnica de fertilización asistida, uniendo el gameto de uno de los hombres con uno de ella. El bebé nació en junio y este miércoles la Justicia reconoció que el recién nacido tenga una familia pluriparental.

La jueza Myriam Cataldi, del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Nº 7 de la ciudad de Buenos Aires, destacó "el derecho a la no discriminación con motivo o razón de la triple filiación o poliamor registral filiatorio".

En su fallo, Cataldi detalló que los tres entablaron muchas conversaciones sobre la manera de crianza, el funcionamiento de la familia y cuestiones que eran importantes para cada uno.

"Estas íntimas conversaciones favorecieron la conformación de un entramado familiar sólido, puesto que compartían los mismos valores, estilos de crianza y, fundamentalmente, plan de vida", afirmó. 

También hizo hincapié en que los tres estuvieron de acuerdo en formar una familia con una mamá y dos papás. "Un proyecto familiar donde el hijo o hija crecería en dos hogares distintos, con mucho amor de familia y amigos y amigas de sostén para el nuevo integrante", apostilla.

La magistrada declaró así inconstitucional parte del artículo 558 del nuevo Código Civil y Comercial, en vigencia desde el 2015, que especifica que "ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación". A su juicio, este extremo quebranta los derechos de la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos.

"La realidad demuestra cotidianamente que no en toda familia existe una figura materna o una paterna, sin que ello obste a que esta pueda brindar el bienestar necesario para el desarrollo de niños y niñas", justificó.

Único obstáculo 

Tras la sentencia, se emitió la partida de nacimiento del bebé, que tendrá los tres apellidos de los padres, y cuyos documentos de identidad, DNI y pasaporte, ya están en trámite. 

La fiscal Mónica Susana Mauri y el Defensor de Menores, Marcelo Gustavo Jalil, se opusieron a esta triple filiación, pero la inscripción ya había sido admitida. Sin embargo, no se descarta que el caso llegue al Tribunal Supremo. 

Andrés Gil Domínguez, abogado que representa a los padres y a la madre, explicó al canal de noticias Telenueve, que "el único obstáculo que se encontraron [los padres y la madre] fue el dictamen de la fiscal y del defensor de menores que desconocen plenamente cómo funciona el modelo constitucional argentino tras la reforma del código".

El abogado detalló que hay 21 casos en Argentina. "Hubo dos que se resolvieron por vía administrativa antes de la reforma del código civil y comercial y los otros se han resuelto por vía judicial", apuntó. 

Domínguez hizo hincapié en que la particularidad de este caso es que desde "el momento cero los dos padres y la madre construyeron este proyecto de familia pluriparental basándose en un vínculo socioafectivo". 

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