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Polémica en Ecuador por la Ley de Comunicación: el Gobierno tilda de "mordaza" las reformas aprobadas en el Parlamento

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Según el Ejecutivo, con estas enmiendas se "intenta nuevamente restringir el derecho a la libertad de expresión".
Polémica en Ecuador por la Ley de Comunicación: el Gobierno tilda de "mordaza" las reformas aprobadas en el Parlamento

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó una serie de reformas a la Ley Orgánica de Comunicación, vigente desde 2013, y rechazó el proyecto propuesto por el Ejecutivo en la materia, lo que provocó el enojo del Gobierno.

Durante la sesión del jueves, el pleno del Parlamento sometió a votación el denominado Proyecto de Ley de Libertad de Expresión, que fue presentado por el presidente del país, Guillermo Lasso, al iniciar su mandato, en mayo de 2021. Se registraron un total de 55 votos a favor, 63 en contra y 13 abstenciones, por lo que no fue aprobado.

Posteriormente, se sometieron a votación las reformas presentadas por la oposición a la actual Ley Orgánica de Comunicación, logrando aprobarse con 75 votos afirmativos, 21 negativos y 30 abstenciones.

La medida causó malestar en el Gobierno, que emitió un comunicado en el que califica de "mordaza" las reformas aprobadas en el Parlamento.

De acuerdo con el Ejecutivo, con estas enmiendas se "intenta nuevamente restringir el derecho a la libertad de expresión" y "proporcionar mecanismos de persecución".

En el comunicado adelantan que una vez que la ley sea enviada oficialmente al Ejecutivo para su promulgación, Lasso, "en pleno ejercicio de sus facultades constitucionales, evaluará las acciones pertinentes para precautelar la democracia".

Proyectos opuestos

Lasso presentó el Proyecto de Ley de Libertad de Expresión a la Asamblea Nacional el 25 de mayo de 2021, apenas un día después de asumir el cargo de mandatario.

El proyecto gubernamental planteaba la derogación de 91 de los 119 artículos de la Ley Orgánica de Comunicación, concretamente en lo relativo a periodistas y medios; dejando lo relacionado con el fomento a la producción nacional en publicidad, regulación de propaganda estatal y el régimen del espectro radioeléctrico, pero en una normativa aparte.

Así, el planteamiento del Ejecutivo era crear dos leyes, la Ley de Publicidad, Producción Nacional y Espectro Radioeléctrico con los artículos no derogados; y la Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación, de apenas 14 artículos.

"Nuestro Proyecto de Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación garantiza un Ecuador Libre. Estamos comprometidos con el derecho a la libertad de todos los ecuatorianos", dijo entonces el presidente y señaló varios puntos de su propuesta:

  • Garantiza la libertad de expresión, comunicación y prensa como un derecho fundamental que no puede ser restringido.
  • Garantiza a los comunicadores la cláusula de conciencia y la reserva de sus fuentes y secretos profesionales.
  • Robustece la protección de la inviolabilidad de comunicaciones personales.
  • Deroga el delito de calumnia y la contravención de actos lesivos al honor; lo que significa que el derecho penal no podría ser utilizado para perseguir controversias que surgen por la libre expresión. 

Sin embargo, el texto final que se sometió a votación en la Asamblea Nacional, y que fue rechazado, unía el proyecto enviado por Lasso con otro presentado por algunos asambleístas y tenía por nombre Ley Orgánica para la Garantía, Promoción y Protección de la Libertad de Prensa, de Opinión, de Expresión y de la Comunicación.

Por su parte, según una nota de prensa de la Asamblea Nacional, las reformas planteadas por la oposición en el Parlamento comprenden "la desconcentración de frecuencias, protección del derecho a ejercer la libertad de expresión y a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole a través de los medios de comunicación".

Detalla que el proyecto permite que las personas, cuyos derechos se vean afectados por los medios de comunicación social, "cuenten con mecanismos de defensa expeditos, garantizando que los derechos al honor y buen nombre positivados en la Constitución y en los principales instrumentos de derechos humanos puedan ser tutelados por el Estado".

Asimismo, establece que las compañías de comunicación social "desarrollen sus actividades económicas cumpliendo los estándares previstos en los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos".

Salvador Maita, uno de los asambleístas defensores de estas reformas, dijo que lo que se pretende evitar es "el monopolio del espectro radioeléctrico" y garantizar "una comunicación democrática y plural".

Entretanto, Marcela Holguín, otra de las legisladoras que apoyó las reformas, sostuvo que la propuesta "no regula la opinión ni permite sanciones penales" e indicó que "es un proyecto trabajado con la gente, para la gente".

Dos puntos álgidos

En los dos proyectos hay dos puntos que fueron motivo de mayor debate, uno relacionado con el enjuiciamiento a periodistas y el otro con la regulación de los medios.

En el proyecto gubernamental, unido con las iniciativas de varios legisladores, se prohibía el enjuiciamiento penal a los periodistas, con la inclusión de un texto al artículo 182 del Código Orgánico Integral Penal, donde se establecía que "no habrá lugar a responsabilidad penal en el escrutinio realizado por periodistas, medios de comunicación u otra persona que ejerza su derecho a la libertad de expresión, respecto a temas que versen sobre el desempeño o gestión de los funcionarios públicos".

Mientras, en las reformas aprobadas se dispone que "habrá lugar a responsabilidad ulterior de los medios de comunicación, en el ámbito civil o de otra índole, cuando los contenidos difundidos sean asumidos expresamente por el medio o no se hallen atribuidos explícitamente a una persona".

Por otra parte, el texto apoyado por el Ejecutivo estimulaba la capacitación de los medios para la "autorregulación"; pero las enmiendas aprobadas proponen otros mecanismos de regulación.

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