El Congreso de Quintana Roo aprobó esta madrugada, con 19 votos a favor, tres en contra y cuatro abstenciones, la reforma al Código Penal local para despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 12 de gestación.
De esta forma ya son 11 los estados de México que han despenalizado o legalizado el aborto, pero todavía falta que otros 21 realicen las reformas necesarias para ajustarse a un histórico fallo que la Suprema Corte emitió el año pasado, y que declaró inconstitucional la criminalización de esta práctica.
Hasta ahora, este derecho ya regía en Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Sinaloa y Veracruz.
En el caso de Quintana Roo, gracias a los cambios aprobados, las mujeres que ejerzan su derecho a abortar porque el embarazo ha sido producto de una violación, ya no tendrán que presentar una denuncia policial previa.
La votación fue celebrada por los colectivos feministas que reforzaron su activismo en los últimos años, como parte de los movimientos de mujeres que se profundizaron en la región. Por el contrario, las organizaciones conservadoras impugnaron la decisión legislativa.
Diferencias
El 7 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de México concluyó, con el voto unánime de 10 magistrados, que la penalización del aborto es inconstitucional porque tutela a las mujeres y a las personas gestantes, y violenta su derecho a decidir sobre sus propias vidas.
Aunque la sentencia –que incluye una inédita y progresista referencia al derecho del "disfrute de la sexualidad"– hacía alusión solo al Código Penal del norteño estado de Coahuila, sentó jurisprudencia para que en el resto del país se pudieran interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de las leyes locales que criminalizan de múltiples maneras la interrupción voluntaria del embarazo.
El problema es que la legislación mexicana permite que cada uno de los 32 estados cuente con su propio Código Penal, así que la despenalización o legalización del aborto depende de las reformas individuales que se hagan en cada uno de ellos.
Una alternativa es que el Congreso federal apruebe una ley nacional, pero el tema no ha llegado a plantearse. Debido a esa situación, todavía no hay una norma única que rija a todo el país, por lo que cada Código Penal estatal establece sus propias reglas que despenalizan el aborto con diferentes causales.
Las normas estatales más extendidas permiten la interrupción voluntaria del embarazo si es producto de una violación, si está en peligro la vida de la madre o del feto o si este tiene malformaciones genéticos.
Algunos códigos añaden causales como que la gestación sea producto de una inseminación forzada; que esté en riesgo la salud mental, física o social de la mujer; o por condiciones de pobreza, como en el caso de Michoacán y Yucatán.
Por otro lado, en la mayor parte de los estados el aborto también está despenalizado si fue "imprudencial" o "culposo", es decir, involuntario, pero esta causal no aplica en Chiapas ni en Nuevo León.
Entre las legislaciones más extremas se encuentran las de Guanajuato y Querétaro, en donde el aborto está criminalizado incluso si se cometió porque corría peligro la vida de la mujer.
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