El Tribunal Supremo de España ratificó la absolución de los 34 acusados por la salida a Bolsa de Bankia, una entidad que vio la luz en julio de 2011 y que poco después necesitó ser rescatada con 24.000 millones de euros de dinero público.
Su máximo responsable en aquel entonces, quien fuera ministro de Economía y director general del Fondo Monetario Internacional (FMI), Rodrigo Rato, dimitió un año después y desde entonces ha enfrentado varias causas en los juzgados.
El de Bankia es uno de los casos que ha enfrentado el exministro, junto a otras 33 personas, a las que se les acusaba de los delitos de estafa a los inversores y falsedad contable.
El Tribunal ha desestimado los dos únicos recursos que se presentaron contra la decisión de la Audiencia Nacional, que en septiembre de 2020 resolvió absolver a todos los imputados en este mediático caso.
La sentencia inicial establece que no había ningún dato en el que se pudiese fundar la creencia de que los acusados hicieron dejación de funciones, conclusión que se ve respaldada ahora con la sentencia del Supremo.
¿Quiénes eran los acusados?
Además de Rodrigo Rato, en el banquillo de los acusados se sentaron algunas de las personalidades más importantes del sector bancario español. Uno de ellos es José Luis Olivas, político perteneciente al conservador Partido Popular (PP), que en 2004 fue nombrado presidente de la caja de ahorros Bancaja. En diciembre de 2010 fue nombrado vicepresidente de Bankia.
Otro de los acusados era José Manuel Fernández Norniella, exdiputado del PP en el Congreso, que fue nombrado consejero de Bankia en 2011. En la lista también figuraban Ildefonso Sánchez Barcoj, que fue director financiero de CajaMadrid-Bankia; Francisco Celma, auditor socio de Deloitte y actual presidente de la Fundación de la firma; y una extensa lista de exdirectivos de la fallida entidad bancaria.
Esta sentencia no solo significa la absolución de esta treintena de personas, sino que también da un carpetazo al cuestionamiento sobre el papel que jugaron el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el resto de supervisores, como el Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB) y la Autoridad Bancaria Europea (ABE).
Sin vulneración del derecho a tutela judicial efectiva
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sostiene que no hay ningún error que lleve a anular la decisión de la Audiencia Nacional, tal y como piden los recurrentes, Bochner España S.L. y la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Sociedades Cotizadas (AEMEC).
Así, al repasar los argumentos de los recurrentes, la corte concluye que la deliberación, votación y fallo de la sentencia absolutoria es correcta, rechazando que esta última no estuviera suficientemente motivada o hubiese un error en la valoración de las pruebas.
Los magistrados han señalado que su labor no consiste en valorar si la sentencia es la más idónea o acertada, sino en comprobar que no se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de las acusaciones. Algo que consideran que no ha ocurrido.
Una salida a Bolsa a juicio
La salida a bolsa de Bankia, ampliamente recordada con la imagen de Rodrigo Rato haciendo sonar una campana en un acto público y mediático, ha estado en el punto de mira en la última década.
La entidad fue rescatada por 24.000 millones de euros, el mayor paquete de los 70.000 millones que el Estado español tuvo que emplear para salvar al sector bancario, después del estallido de la crisis económica que comenzó en 2008. Un dinero que, como se reconoció hace apenas dos años, no va a ser recuperado por la Hacienda española.
En su salida a bolsa se lanzó una masiva campaña publicitaria con la finalidad de captar la inversión de particulares y pequeños ahorradores, que acabaron perdiendo la mayor parte de la inversión. La polémica se centra en que las cifras de negocio que se anunciaban en el folleto no coincidían con las reales, que fueron modificadas meses después.
Una operación supervisada
Bankia nació en plena reestructuración del sector bancario del país. Suponía la fusión de siete cajas de ahorro y se convertía en un nuevo gigante del mercado español.
La gran polémica de su fallida salida a Bolsa se centra en que contó con la aprobación de todos los supervisores. Los responsables de estas entidades llegaron a sentarse en el banquillo, hasta que en 2017 se descartó su responsabilidad punible. De hecho, esta fue siempre la gran defensa de los acusados: que todo lo que hicieron tuvo el visto bueno de los encargados de tutelar las operaciones.
Para la Audiencia Nacional, resultó evidente que el proceso había sido intensamente supervisado y contó con la aprobación definitiva de todas las entidades encargadas de ese seguimiento: Banco de España, CNMV, FROB y EBA.
En la sentencia, ahora ratificada, la justicia consideró que el folleto contenía información financiera amplia y certera para que los inversores se formaran un criterio razonado sobre el valor de la compañía. Del mismo modo, determinó que los datos no se podían considerar falsos porque cumplían con la normativa entonces vigente.
Absueltos por la vía penal pero condenados por la vía civil
A pesar de que penalmente todos los responsables de la operación han sido absueltos, el procedimiento abierto por la vía civil tuvo un resultado muy diferente.
"Dicho documento contenía información económica y financiera que poco tiempo después se revela gravemente inexacta por la propia reformulación de las cuentas por la entidad emisora y por su patente situación de falta de solvencia", afirmaba la Sala de lo civil del Tribunal Supremo en 2016, sobre el contenido del folleto.
A través de esa sentencia se ordenaba la devolución del dinero a los suscriptores de esa oferta pública de acciones, mientras que abrió la vía a miles de nuevas reclamaciones de otros afectados, después de dejar patente que los pequeños ahorradores que invirtieron en acciones de Bankia no tenían información de que la entidad se encontraba al borde de la insolvencia y con pérdidas multimillonarias
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