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El Congreso de Perú rechaza la despenalización del aborto en caso de violación

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El país tiene una de las legislaciones más restrictivas de la región.
El Congreso de Perú rechaza la despenalización del aborto en caso de violación

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de Perú rechazó una propuesta de ley que proponía despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación.

El proyecto solo obtuvo un voto a favor, pero 12 congresistas más lo rechazaron y cuatro se abstuvieron. Con ese resultado, ya ni siquiera pudo llegar a ser debatido ante el pleno parlamentario.

La legisladora Ruth Luque, de Cambio Democrático-Juntos por el Perú, fue la autora de una iniciativa que apunta a defender los derechos humanos de las mujeres, en particular de las menores de edad, ya que se calcula que en este país cada semana por lo menos 28 niñas son obligadas a parir a pesar de que sus gestaciones fueron producto de una violación.

Por eso, uno de los principales eslóganes de la campaña para despenalizar el aborto es "niña, no madre", pero las cifras y las historias que cada tanto se dan a conocer en los medios de comunicación sobre los abusos a menores y sus consecuencias, no convencieron a la mayoría de los congresistas.

Uno de ellos, Américo Gonza Castillo, de Perú Libre, incluso informó durante el encuentro de la Comisión que había pedido una opinión sobre la iniciativa a la Conferencia Episcopal.

"Somos un estado laico, las políticas públicas las define el Estado", le respondió la congresista autora del proyecto.

También explicó la importancia de establecer procedimientos y políticas nacionales claras para que los proyectos de vida de muchas niñas, adolescentes y adultas no queden truncadas.

"Ratificarnos en la línea de una maternidad libre y deseada y de ninguna manera impuesta por un delito como el de violación sexual", señaló. 

Sin avances

Perú legalizó en 1924 el aborto terapéutico que supuestamente permite interrumpir los embarazos si está en riesgo la vida o la salud de la mujer, pero los colectivos feministas y organizaciones de derechos humanos denuncian que la ley no se cumple porque el sistema de salud obstaculiza estas únicas causales.

"No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal, si lo tuviera, cuando es el único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente", dice una norma que suele incumplirse por falta de información o por temores o prejuicios de los médicos, que se resisten a realizar esta práctica.

La primera iniciativa para despenalizar el aborto cuando el embarazo es producto de una violación se presentó en 1928, pero desde entonces no ha logrado prosperar.

Por el contrario, el Código Penal establece una pena máxima de dos años o prestación de servicio comunitario a las mujeres que causen su aborto; de uno a cuatro años a quienes ayuden a interrumpir un embarazo con el permiso de la gestante; y de tres a cinco años si lo hace sin su consentimiento.

La reforma que se rechazó establecía que no es punible "el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal cuando el embarazo sea producto de una violación sexual".

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