La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró este lunes que el Estado colombiano es responsable por el "exterminio" del partido político de izquierda Unión Patriótica (UP), a partir de 1984 y por más de veinte años.
En en marco de la sentencia del caso 'Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica Vs. Colombia', la Corte IDH declaró que el Estado es responsable por las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de 6.000 víctimas integrantes y militantes de UP.
Violencia sistemática contra UP
Unión Patriótica surgió en 1985 en el marco del acuerdo entre las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) y el Gobierno de Belisario Betancur (1982-1986). Mediante este pacto, los combatientes dejaron las armas y militaron en el nuevo partido político.
"Como consecuencia de su rápido ascenso en la política nacional y, en especial, en algunas regiones de tradicional presencia guerrillera, surgió una alianza entre grupos paramilitares, con sectores de la política tradicional, de la fuerza pública y de los grupos empresariales, para contrarrestar la subida en la arena política de la UP", apuntó la Corte IDH.
En el marco de su sentencia, la Corte IDH comprobó la "violencia sistemática contra los integrantes y los militantes de la Unión Patriótica, la cual perduró por más de dos décadas y se extendió en la casi totalidad del territorio colombiano".
Esta violencia, explicó el tribunal, se manifestó a través de desapariciones forzadas, masacres, ejecuciones extrajudiciales y asesinatos, amenazas, atentados, actos diversos de estigmatización, judicializaciones indebidas, torturas, desplazamientos forzados, entre otros.
El plan de exterminio sistemático contra UP, sus miembros y militantes, contó "con la participación de agentes estatales, y con la tolerancia y aquiescencia de las autoridades, constituyendo un crimen de lesa humanidad", señaló la Corte IDH.
Asimismo, el tribunal regional anotó que las investigaciones por esos actos de violencia no fueron efectivas. En cambio, se caracterizaron por "altos índices de impunidad" que, a su vez, "operaron como formas de tolerancia por parte de las autoridades frente a los mismos".
En particular, la Corte IDH manifestó que el Estado colombiano es responsable por la violación de los derechos: a la libertad de expresión y asociación; al reconocimiento de la personalidad jurídica; a la vida; a la integridad personal; a la libertad personal; a la libertad de circulación y residencia.
Asimismo, Colombia vulneró lo estipulado en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, por las ejecuciones, desapariciones, torturas, detenciones arbitrarias, amenazas, hostigamientos y desplazamiento contra integrantes y militantes de la Unión Patriótica.
Medidas de reparación
Debido a esas violaciones a los derechos humanos, la Corte IDH ordenó al Estado colombiano a implementar las siguientes medidas de reparación:
- Iniciar, impulsar, reabrir y continuar las investigaciones, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos y determinar las responsabilidades penales que pudieran existir. El tribunal instó a Colombia a iniciar esta acción en un plazo no mayor de dos años, y concluir, en un período razonable y con la mayor diligencia.
- Efectuar una búsqueda para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas cuyo destino aún se desconoce.
- Brindar el tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo soliciten.
- Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
- Establecer un día nacional en conmemoración de las víctimas de la Unión Patriótica y efectuar actividades para su difusión en escuelas y colegios públicos.
- Construir un monumento en memoria de las víctimas y de los hechos cometidos en contra de los integrantes, militantes y simpatizantes de la Unión Patriótica.
Respuesta de Colombia
Por su parte, el Estado colombiano "reconoció parcialmente su responsabilidad internacional" por la violación de los derechos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) identificó como violados en su Informe de Fondo sobre Unión Patriótica.
No obstante, la Corte IDH consideró que subsistían "numerosos elementos en controversia" sobre la determinación del marco fáctico, el universo de víctimas y las violaciones, y, por lo tanto, determinó que era necesario dictar la sentencia, fijando los hechos ocurridos, las violaciones a derechos humanos consumadas y las medidas de reparación correspondientes.
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