El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reducido seis meses la condena de un hombre acusado de abusar sexualmente de sus dos nietas. Los hechos comenzaron a producirse cuando las dos niñas tenían 8 y 10 años y se prolongaron desde el 2013 hasta el verano de 2018, según recogen medios como Antena 3.
El agresor había sido sentenciado a 16 años de prisión por la Audiencia de Sevilla, pero ahora, tras la revisión propiciada por la entrada en vigor de la nueva normativa sobre la libertad sexual, conocida como la ley del 'solo sí es sí', se ha visto reducida a 15 años y seis meses.
Según la sentencia, redactada en noviembre de 2021, el hombre aprovechaba que las niñas pasaban muchos días en su casa de la localidad sevillana de Dos Hermanas, debido a la cercanía con el domicilio de los padres, para realizar actos de contenido sexual cuando las menores dormían o descansaban en sus dormitorios.
Desde que entró en vigor la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, el pasado mes de octubre, se ha reducido la condena de al menos 978 agresores sexuales, según los datos recogidos a 31 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial. Además, esas resoluciones han supuesto al menos 104 excarcelaciones.
Reforma de la ley
El goteo de reducciones de penas ha provocado una indignación popular en España que ha cristalizado en profundas tensiones en el seno del Gobierno de coalición, formado por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Unidas Podemos (UP). La ministra de Igualdad, Irene Montero, propulsora de la norma, es partidaria de dejar la norma tal y como está y achaca las reducciones a la incorrecta aplicación de la legislación por parte de algunos magistrados.
La parte socialista del Ejecutivo abogó desde el inicio de la polémica por reformar la ley, a pesar de que no acabará con las revisiones de condenas de los delitos realizados antes de que entre en vigor la futura reforma.
Precisamente esta semana será clave para esa reforma, que fue admitida a trámite gracias a los votos favorables del Partido Popular (PP), principal partido de la oposición. Tras el cierre del plazo de enmiendas el pasado lunes, mañana, miércoles, pasará a la Comisión de Igualdad donde los grupos parlamentarios aprobarán o rechazarán las enmiendas antes de su votación definitiva en el Pleno del Congreso un día después.
¿Por qué las revisiones?
La nueva ley refundió los tipos delictivos de abuso sexual y agresión sexual en uno solo. La intención era poner el consentimiento en el centro de la norma y no la violencia o la intimidación ejercida por el agresor, que era lo que diferenciaba antes el abuso de la agresión.
Con la antigua legislación había delitos que eran menos penados, por ejemplo, si la víctima era una niña pequeña que no se resistía o una persona que había sido previamente drogada con la intención de agredirla en esas circunstancias, de manera que podía penar menos los delitos ejercidos sobre colectivos más vulnerables.
Al incluir un mayor número de conductas delictivas, la horquilla de penas se amplió, de manera que algunas de las penas mínimas se rebajaron, mientras que algunas de las penas máximas aumentaron. Así, debido a la aplicación de la ley más ventajosa para el reo, se están revisando las condenas que pueden ser rebajadas en virtud de la nueva normativa. Otras penas serían mayores con la nueva norma, pero esos casos no son susceptibles de revisión.
La polémica surge cuando el Ministerio de Igualdad y otros operadores consideran que cuando la pena que fue aplicada en la sentencia original puede ser revisada con la nueva ley, no se debe proceder a rebajas, aunque se contemple un abanico con una pena menor. De la misma opinión es el Ministerio Fiscal. Es por eso que hablan de una aplicación incorrecta de la norma.
Además, la reforma no parará el goteo de revisiones, puesto que al ser obligatorio aplicar la ley más favorable al reo, la norma se aplicará tal y como está ahora mismo para todos los delitos que se hayan cometido antes de que entre en vigor la futura modificación.