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La Fiscalía de la Audiencia Nacional de España abre investigación contra Luis Rubiales

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La institución ofreció a la jugadora agraviada Jenni Hermoso emprender acciones legales.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional de España abre investigación contra Luis Rubiales

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha abierto diligencias de investigación por un posible delito de "agresión sexual" contra Luis Rubiales, el presidente de la Real Federación Española de Fútbol que fue suspendido de su cargo, por el beso no consentido que le dio a la futbolista Jenni Hermoso.

La institución, recoge un comunicado citado por El Diario, ofreció a la jugadora emprender acciones legales, dándole la posibilidad de que, en un plazo de 15 días, se ponga en contacto con la Fiscalía "a fin de informarle de sus derechos como víctima de un presunto delito de agresión sexual".

El Ministerio Público detalla que el Código Penal de España, en su artículo 191, establece que para proceder por los delitos de agresiones sexuales y acoso sexual "será precisa denuncia de la persona agraviada, de su representante legal o querella del Ministerio Fiscal, que actuará ponderando los legítimos intereses en presencia".

En este caso, de momento se conoce que la futbolista no ha presentado ninguna denuncia formal ante las autoridades españolas contra Rubiales.

"Acto machista"

El beso de Rubiales a Hermoso ocurrió durante las celebraciones por el triunfo de la selección española en la Copa Mundial Femenina que se llevó a cabo en Australia.

En un comunicado, Hermoso dejó claro que el beso no fue consentido. "Me sentí vulnerable y víctima de una agresión, un acto impulsivo, machista, fuera de lugar y sin ningún tipo de consentimiento por mi parte. Sencillamente, no fui respetada", enfatizó.

En el texto de la Fiscalía, el organismo señala que a la vista de las comunicaciones realizadas por Hermoso, "el acto sexual sufrido por la misma y llevado a cabo por Luis Rubiales, no fue consentido"; entonces, atendido el momento extraprocesal en el que se encuentran "y lo inequívoco de sus declaraciones", es preciso determinar "la trascendencia jurídica de las mismas".

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