La Corte Suprema de Perú ha dejado sin efecto la resolución aprobada en su último plenario que reducía las penas de los agresores sexuales en casos especiales, lo que provocó un fuerte rechazo en la sociedad.
"Los integrantes del XII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales de la Corte Suprema en aras de valorar ampliamente los puntos de cuestionamiento acordaron dejar sin efecto los fundamentos 50.° y 51.° del Acuerdo Plenario 1-2023/CIJ-116", comunicó el tribunal en su cuenta de X.
La decisión estará vigente hasta que "se examine ponderadamente" en un próximo pleno jurisdiccional la necesidad o no de la inclusión de los puntos en cuestión, "con el aporte de las opiniones de la comunidad jurídica y nacional" y "siempre tomando en cuenta el interés superior" de los menores de edad.
La polémica resolución de la Corte Suprema aprobó la reducción de la pena de un agresor sexual que tenga con su víctima un hijo producto de una violación, y que demuestre ser la única persona a cargo de su manutención y sea "suficientemente acreditado" para la manutención del niño.
La disminución de la pena para aquellos que cumplan las condiciones estipuladas sería de hasta un cuarto de la condena: por ejemplo, si fue de 20 años, quedará acortada a 15.
Estos criterios, aprobados por 14 de 15 jueces de la Corte Suprema, han generado gran controversia porque, de hecho obliga, a la víctima a vivir con su violador.
La ministra de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino, en declaraciones a la prensa local rechazó toda posibilidad de impunidad. "Ningún criminal, ningún delincuente que esté condenado por violencia contra las mujeres debe ameritar la reducción de su pena, de ninguna manera. El mensaje es adverso", afirmó.
Tolentino indicó que desde su cartera tratan de "cambiar esta sociedad", al tiempo que consideró alentadora para los violadores esta normativa.
"Hago un llamado al sistema de justicia, nos quitan las ganas [...] debe ser aclarado para que no genere confusión", añadió la ministra.