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El argumento clave que absolvió al joven que provocó una operación antiterrorista por una broma en redes

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Las autoridades británicas interceptaron el mensaje y avisaron a las españolas, que movilizaron un caza del Ejército para escoltar la aeronave. El joven se arriesgaba a pagar más de 100.000 euros de multa e indemnización.
El argumento clave que absolvió al joven que provocó una operación antiterrorista por una broma en redes

La Audiencia Nacional de España ha absuelto a un joven acusado del delito de desórdenes públicos por enviar en julio de 2022 un mensaje en un grupo de chat privado con seis amigos, en el que amenazaba con explotar una bomba en el avión en el que iba a embarcar desde Londres a la isla española de Menorca.

Tras el fallo, su abogada denunció que el joven, un británico de 19 años, vio vulnerados sus derechos al secreto de las comunicaciones y a la intimidad.

El mensaje fue interceptado por los servicios de seguridad de Reino Unido cuando sobrevolaba el espacio aéreo francés, por lo que procedieron a dar aviso a las autoridades españolas. Desde España se movilizó un caza del Ejército para escoltar la aeronave hasta su destino, donde el joven fue detenido por agentes de la Guardia Civil.

Una vez en tierra, se comprobó que la amenaza no era real y no se hallaron explosivos ni cualquier otro objeto que pudiera dar lugar a una alerta.

La Fiscalía solicitaba para el acusado, de 19 años, una condena de multa 22.500 euros por un delito de desórdenes públicos, así como una indemnización por responsabilidad civil de 94.782 euros a favor del Ministerio de Defensa por el coste de movilizar la aeronave militar.

El juez encargado del caso consideró que "no se revela ni se infiere remotamente una intención de provocar la movilización del avión del ejército, ni de cualquier otro servicio de policía, asistencia o salvamento", según la nota publicada por el Consejo General del Poder Judicial.

"No puede obviarse que el citado mensaje y la fotografía no se envía a ningún organismo oficial, ni se le da publicidad alguna (...). Muy al contrario, se realizan en un ambiente estrictamente privado, entre el acusado y sus amigos con los que vuela, a través de un grupo privado al que solo ellos tienen acceso, por lo que ni remotamente el acusado podía suponer que la broma que gastaba a sus amigos pudiera ser interceptada o detectada por los servicios británicos, ni por terceros ajenos a sus amigos que reciben el mensaje", argumenta el magistrado.

"Nos dejan vacíos de contenido"

La abogada del joven, durante su alegato, denunció la vulneración de los derechos de su cliente, puesto que se intervino el chat privado sin ninguna autorización judicial.

"No estamos ante el caso de que lo cuelgo en mi página de Facebook y tengo un portal abierto y todo el mundo tiene acceso. O tengo 20.000 amigos. No estamos ante este supuesto. Yo no doy publicidad, yo lo comparto con mis amigos", explicó la letrada.

"¿Quién tiene autoridad para intervenir en una broma? Si las personas, como individuos de esta sociedad, se nos priva de nuestro derecho a la libertad y la intimidad y al secreto de las comunicaciones, como individuos no nos queda nada (...), nos dejan vacíos de contenido", agregó.

La abogada pidió además la devolución del móvil requisado y de la fianza de 10.000 euros que pagaron sus padres para quedar en libertad, tras declarar ante el juez en 2022.

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