Un tribunal de Bogotá decidió este miércoles otorgar una medida de libertad al exjefe paramilitar colombiano Salvatore Mancuso, lo que contradijo la negativa formulada días atrás por un tribunal de la ciudad de Barranquilla y, además, cuestionó el rol de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que defiende que es la única instancia que puede decidir sobre la liberación del procesado.
La audiencia que terminó con un resultado favorable a Mancuso inició con el desconocimiento a una decisión de la JEP fechada el 18 de marzo pasado, en la que la instancia especial de paz intentó arrogarse la preferencia de fallo en los procesos que se le siguen al excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en los que esté en juego su libertad, explica El Espectador.
En su dictamen, la JEP apuntó contra los tribunales ordinarios, que bajo su punto de vista estarían restándole competencias a las Salas de Justicia y Paz del organismo, creado para investigar y sancionar los delitos cometidos en el contexto del conflicto armado colombiano.
Choque de competencias
En la audiencia, reseñada por diversos medios locales, el Tribunal Superior de Bogotá acusó a la JEP de "entrometerse" en las funciones de las salas tribunalicias establecidas en diversos puntos del país para juzgar delitos inscritos dentro de la Ley de Justicia y Paz en interés de unificar los procesos contra los antiguos jefes paramilitares.
De acuerdo con la argumentación de la Justicia, esta habría sido la razón por la cual el pasado 13 de marzo el Tribunal Superior de Barranquilla le negó la libertad a Mancuso y lo desconoció como gestor de paz, pese a que había sido designado por el Gobierno de Gustavo Petro para esa función.
En esta oportunidad, el tribunal capitalino se enfocó en definir la libertad de Mancuso, una tarea que le fuera encomendada por la Corte Constitucional, tras estudiar los argumentos presentados por la defensa del exlíder de las AUC y, tras un amplio ejercicio argumentativo, el juez a cargo de la causa concluyó que podía dejar sin efecto dos medidas de aseguramiento que datan de 2015 y 2020, aunque la decisión no es definitiva porque está en el mismo nivel dentro de la estructura judicial.
Así las cosas, el Tribunal Superior de Bogotá solicitó a la Corte Constitucional que se aboque a resolver el conflicto de competencias entre las entidades a cargo de los procesos contra Mancuso, al considerar que la JEP no incluye la admisión de paramilitares pero decidió admitir su testimonio, al catalogarlo como "punto de bisagra" entre el paramilitarismo y el Estado colombiano en el marco del conflicto armado interno, puntualiza Blu Radio.
Por tanto, aún queda por dilucidar si será la JEP la que decida exclusivamente el destino de su situación jurídica, si se seguirá el criterio del Tribunal Superior de Barranquilla, que le negó la libertad y su condición como gestor de paz o, por lo contrario, se impondrá el fallo del tribunal bogotano, que autorizó su liberación condicionada y el inicio de sus labores en la gestoría de paz.
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