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Corte IDH encuentra a El Salvador culpable de violencia obstétrica contra una mujer enferma

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La entidad judicial le impuso al Estado "el deber de adoptar directrices y guías de actuación al personal médico y judicial frente a embarazos de riesgo para la vida o la salud de la madre".
Corte IDH encuentra a El Salvador culpable de violencia obstétrica contra una mujer enferma

La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado salvadoreño responsable de haber cometido "violencia obstétrica" en perjuicio de una mujer identificada como Beatriz, que transitó un "embarazo con riesgos múltiples", lapso en el que "confrontó situaciones en el marco del sistema de salud pública y de administración de justicia que generaron inseguridad jurídica en términos de atención médica oportuna y adecuada, y violencia obstétrica", informó el organismo en un comunicado de prensa.

La víctima, que falleció en 2017 a consecuencia de una neumonía, "padecía un cúmulo de enfermedades de base, incluyendo lupus eritomatoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea", que empeoraron en 2012, cuando se embarazó por primera vez.

Durante esa primera gestación, Beatriz "logró sobrevivir a una preeclampsia severa", si bien al año siguiente se embarazó de nuevo y los médicos establecieron que la situación era de "alto riesgo". En ese contexto, un ultrasonido reveló que el feto era anencefálico (no tenía cabeza), una situación que es "incompatible con la vida extrauterina".

El calvario

Frente a ese resultado, el comité médico del Hospital de Maternidad de El Salvador estudió su caso, "pero decidió supeditar la decisión médica sobre la atención en salud a una serie de consultas de tipo legal a varias autoridades competentes", recoge la sentencia. Una segunda reunión determinó que era necesario "interrumpir el embarazo con anacefalia antes de las 20 semanas".

En el país centroamericano, el aborto constituye un delito grave que acarrea penas de cárcel y solo está contemplado en el caso de que exista riesgo vital para la madre o que el feto sea inviable, y requiere, además del aval de los médicos tratantes, la autorización explícita de la Justicia.

En este caso, el Estado sometió a la gestante a procesos burocráticos que derivaron en la postergación del procedimiento de interrupción del embarazo, que finalmente se produjo durante la semana 26 de gestación, y en su defensa alegó la ausencia de protocolos para abordar casos complejos como el suyo.

La decisión

La Corte IDH recalcó que "los largos períodos de espera e internación para poder determinar el tratamiento a seguir, debido a la inexistencia de protocolos de atención adecuados, derivaron en un trato deshumanizado, constitutivos de violencia obstétrica".

A ello se sumó que "la situación afectó la integridad personal de la víctima y de su familia, incluyendo al hijo producto de su primer embarazo que al momento de los hechos tenía poco más de un año de edad".

Además, el ente judicial interamericano alegó que "la burocratización y judicialización del caso derivaron en recursos inefectivos por lo que la Corte concluyó que el Estado incumplió con su obligación en materia de acceso a un recurso efectivo y de adoptar las medidas necesarias para proteger y garantizar los derechos protegidos por la Convención Americana".

"Por todo lo anterior, la Corte determinó la responsabilidad estatal y ordenó diversas medidas de reparación. Como garantía de no repetición, dispuso el deber de adoptar directrices y guías de actuación al personal médico y judicial frente a embarazos de riesgo para la vida o la salud de la madre", concluye el fallo.

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