Fiscalía de Perú demanda al Congreso por ley que traslada investigaciones a la Policía
Una fiscal de Perú presentó este lunes dos demandas de inconstitucionalidad por leyes que aprobó el Congreso, y que transfieren la investigación de ciertos delitos, que son potestad del Ministerio Público, a la Policía Nacional (PNP).
La fiscal de la Nación, Delia Espinoza, acudió al Tribunal Constitucional para intentar frenar la normativa 32.107, que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra, y la 32.130, que "fortalece la investigación del delito como función de la Policía de Perú y agiliza los procesos penales". Así lo informó la entidad judicial durante la ceremonia por el inicio del Año Fiscal 2025.
✅ La Fiscal de la Nación refirió que, ante la aprobación de leyes que interfieren con la independencia de la labor fiscal y vulneran gravemente la autonomía de la @FiscaliaPeru, presentó dos demandas de inconstitucionalidad ante el @TC_Peru. pic.twitter.com/iWbQrzy7ST
— Ministerio Público (@FiscaliaPeru) January 6, 2025
"Sobre la autonomía fiscal y las normas contrarias al marco constitucional, como todos sabemos, se han venido aprobando diversas leyes que, sin duda alguna, interfieren en la independencia de la labor fiscal comprometiendo gravemente la autonomía del Ministerio Público", señaló Espinoza durante su discurso, reportó el diario La República.
En su exposición, la autoridad fiscal de Perú afirmó que las demandas se han presentado en defensa de los principios que rigen la labor de Ministerio Público y sus "atribuciones", que son "esenciales para garantizar una justicia independiente y eficaz".
Modificación al Código Penal
En octubre pasado, la presidenta Dina Boluarte oficializó la ley que fue aprobada previamente por el Congreso, y que modifica artículos claves, como el que define que el Ministerio Público tiene la responsabilidad de liderar la investigación penal, garantizando el respeto a los derechos de los imputados, entre otras cuestiones que hacen referencia al debido proceso.
Los cambios aplicados en el artículo IV del Código Procesal Penal refieren que la PNP tiene a su cargo la investigación preliminar del delito, con la "orientación legal" del Ministerio Público.
También expresa que el cuerpo de fiscales está obligado a actuar con objetividad indagando por intermedio de la Policía Nacional los hechos constitutivos del delito que determinen o acrediten la inocencia del imputado.