La salvaje violación de una anciana por varios soldados provoca una condena histórica contra México

La víctima se llamaba Ernestina Ascencio Rosario, quien murió en 2007, tras las múltiples agresiones sexuales y torturas que sufrió.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que el Estado mexicano fue responsable por la muerte, violación sexual y tortura de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena de 73 años que, en 2007, fue atacada por un grupo de soldados.

"El Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada. La Corte concluyó que la violación sexual y las graves lesiones, así como la falta de atención médica, causaron la muerte [de la víctima]", indica la sentencia.

En el fallo, se condena a México por haber violado "los derechos a la vida, la integridad personal, las garantías judiciales, la honra y la dignidad, la igualdad ante la ley, la protección judicial y la salud" de Ascencio Rosario.

El texto también advierte que México incumplió su deber de investigar con debida diligencia este crimen para garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad a los hijos e hijas de la víctima, quienes tuvieron que acudir a tribunales internacionales.

El caso ocurrió el 25 de febrero de 2007 en el estado de Veracruz, cuando efectivos del Ejército violaron en grupo a Ascencio Rosario, quien solo hablaba náhuatl, su lengua originaria.

Los efectivos se encontraban en un campamento militar, como parte de los operativos de la 'guerra contra el narcotráfico' que recién comenzaba por órdenes del entonces presidente Felipe Calderón, quien consideraba a las víctimas de su fallida estrategia como "daños colaterales".

"Severos sufrimientos"

Al ser encontrada herida en el campo en el que pastoreaba ovejas, la mujer alcanzó a decir que había sido violada por los soldados, lo que después fue comprobado por la autopsia. Horas después, murió.

Desde entonces, el Gobierno deslindó a los militares y aseguró que había fallecido de "causas naturales". Casi 19 años después, la Corte concluyó que la violación sexual sufrida por Ascencio Rosario "constituyó un acto de tortura, toda vez que fue intencional, causó severos sufrimientos físicos y mentales y se cometió con el propósito de intimidar, degradar, humillar y controlar a la víctima".

Además, subrayó que la investigación judicial que se realizó en México no incorporó perspectivas de género; fue cerrada prematuramente, sin agotar las líneas de investigación necesarias; y se basó en estereotipos étnicos, etarios y de género que fueron replicados por el propio Calderón con el fin de desacreditar a Ascencio Rosario.

"Los familiares de la señora Ernestina enfrentaron barreras en el acceso efectivo a la justicia, derivadas de su condición de personas indígenas monolingües, y fueron objeto de presiones e intimidaciones (...) se vulneraron sus derechos a la verdad y a la integridad personal", agregó la Corte.

Por todo ello, instó al Estado mexicano a que implemente medidas de reparación, entre ellas el inicio de una investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación sexual, tortura y muerte de la víctima para identificar, procesar y sancionar a los responsables. También deberá brindar tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico a los familiares y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.