El Juzgado 34 de Familia de Bogotá levantó la suspensión que pesaba sobre las operaciones aéreas ofensivas en zonas donde hubiera información sobre menores reclutados por grupos armados, pero impuso nuevas condiciones. Según el fallo, el Gobierno de Abelardo de la Espriella podrá reanudar las operaciones militares, pero se deberán extremar las precauciones si existe información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños o adolescentes en el área objetivo.
La decisión establece que las operaciones solo serán jurídicamente procedentes si respetan las reglas del Derecho Internacional Humanitario y un estándar reforzado de precaución definido por el tribunal. Además, el juzgado ordena analizar alternativas operacionales menos lesivas que permitan obtener una ventaja militar comparable, aplicando los principios de distinción, precaución y proporcionalidad.
