Chávez puede juramentarse después del 10 de enero porque es constitucional"
Destacó además que el presidente Chávez puede juramentarse después del 10 de enero porque es constitucional y así lo confirma el artículo 231 de la Carta Magna.
"Es absurdo, en el caso de un presidente reelecto, que se anuncie una falta absoluta", agregó durante su intervención. “El Poder Ejecutivo”, señaló, “seguirá ejerciendo cabalmente sus funciones, con fundamento en la continuidad administrativa”.
Recalcó además que esta fue una deliberación conjunta por parte de todos los magistrados.
Anteriormente, la Asamblea Nacional de Venezuela autorizó al presidente venezolano a tomarse "todo el tiempo que fuera necesario" para tratar su enfermedad en Cuba y pidió a las instituciones que actuaran de acuerdo con la Constitución ante la ausencia del gobernante para jurar un nuevo mandato el próximo jueves 10 de enero.