"¿El hombre cometió violación? Debido a anomalías históricas en la ley y a la definición legal de violación, la contestación es que no, aunque si la mujer hubiese estado casada y el hombre se hubiese hecho pasar por su esposo, la contestación hubiera sido que sí". Esto fue lo que dictaminó la corte, que confirmó que los jueces tomaron la decisión "a regañadientes".
Al revocar la sentencia inicial, la corte dictaminó que el acusado, Julio Morales, no debería de estar cumpliendo una condena de tres años según esta ley arcaica de 1872, y pidió a la legislatura “corregir la incongruencia, según el cual, un hombre comete una violación si se hace para por el esposo, y no, si se hace pasar por el novio".
La víctima alega que al darse cuenta de que Morales, que llegó a su cuarto a hurtadillas, no era su novio, ella lo empujó y le gritó que se fuera. Por su parte, la defensa afirma que su cliente no recuerda haber sido empujado y esgrime que no hizo nada contra la voluntad de la mujer.