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Tribunal Supremo de España sentencia que los tocamientos sin consentimiento son abuso sexual

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El Tribunal supremo español ha determinado que cualquier tocamiento no consentido con intención sexual debe ser considerado abuso. Anteriormente, los jueces discrepaban si condenar este hecho como delito leve de coacción o como abuso sexual, pero tras la sentencia de una denuncia del año 2015, el alto tribunal ha fijado una nueva doctrina. Las penas serán de seis meses a dos años de cárcel, tanto para aquellos que ejerzan tocamientos o roces como para aquellos que lo ordenen a otra persona.
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