En España, se encuentran abiertos dos procedimientos penales por el referéndum del 1 de octubre en Cataluña. El que afecta a los exmiembros del Gobierno catalán, cesados en función del artículo 155 de la Constitución española, cuenta con ocho personas, incluido el ex vicepresidente Oriol Junqueras, en prisión provisional.
Por su parte, el expresidente Puigdemont y el resto de los consejeros –cuatro– se marcharon a Bruselas el mismo día que la Fiscalía presentó una querella ante la Audiencia Nacional contra todos los miembros del Gobierno de Cataluña, que previsiblemente habría acabado también con la aplicación de la prisión provisional. El viernes 17 de noviembre deberán declarar ante un juez belga, que deberá decidir la ejecución o denegación de la orden de detención y entrega.
Desde que se supo el nuevo paradero de Puigdemont y los cuatro 'consellers' que lo acompañan, se han buscados los motivos que habrían sido causa de la elección de Bruselas, y en muchas ocasiones se ha aducido el carácter ultragarantista de la transposición de la Decisión Marco sobre la Orden Europea de Detención y Entrega al ordenamiento interno belga.
En realidad, la aplicación de esta normativa europea solo tiene una pequeña particularidad en Bélgica con respecto a otros países de la UE. Entre las declaraciones realizadas por algunos Estados miembros con ocasión de la adopción de la Decisión Marco, Bélgica incluyó una: "El consentimiento de la propia persona a su entrega puede revocarse hasta el momento de la entrega".
Este supuesto no parece de aplicación a Carles Puigdemont, puesto que en ningún momento ha sopesado la posibilidad de prestar su consentimiento a su entrega a las autoridades judiciales españolas.
Quizá, en lo que destaca también Bélgica es en el bajo porcentaje de resolución positiva de las órdenes europeas de detención y entrega que ejecuta: tan solo el 8% son positivas. Los motivos pueden ser muy diversos, como la fuga a otro país de la persona buscada. Pero los porcentajes de los otros países no suelen superar el 20%, y en el caso de Francia se encuentra alrededor de un 14%, cuenta a RT el abogado David Querol, del Ilustre Colegio de Abogacía de Barcelona.
¿Qué es la Orden Europea de Detención y Entrega o 'euroorden'?
Se trata de un mecanismo que sustituye a la anterior extradición y que se utiliza en todos los países de la Unión Europea (UE) desde el 1 de enero de 2004. Es el primer instrumento jurídico de la UE que contiene el principio de reconocimiento mutuo de sentencias y resoluciones judiciales en el ámbito penal.
Con ella se ha pretendido agilizar los trámites y abreviar los plazos a través de la cooperación directa entre las autoridades judiciales de los países emisor y receptor de la Orden Europea de Detención y Entrega.
Entre sus principales novedades se encuentra la simplificación de la documentación a remitir con la creación de un único formulario que debe rellenar el juez emisor, reduce los motivos de denegación de la ejecución de la Orden y elimina el principio de doble incriminación en determinadas circunstancias.
El formulario de la euroorden no está bien rellenado por la juez Lamela
No es necesario que el delito perseguido sea delito en el ordenamiento interno del país, que debe ejecutar la orden si figura en un listado de 32 delitos ya definidos en la propia normativa europea. Ni el delito de rebelión, ni el de sedición, por el que se busca a Puigdemont y los cuatro consejeros, se encuentran en el listado. Sí incluye, en cambio, delitos como terrorismo, trata de blancas o narcotráfico.
Según los documentos a los que tuvo acceso eldiario.es, en el formulario de la Orden Europea de detención, la juez Lamela les atribuye también los delitos de malversación, prevaricación y desobediencia. Ninguno de ellos figura en el listado de 32 delitos, por lo que están sujetos a la comprobación de la doble incriminación. Aún así, la juez Lamela marcó la casilla del listado correspondiente a corrupción. "No está bien rellenado", opina el abogado David Querol.
Puigdemont podría aducir que sus Derechos Fundamentales pueden ser violados
La Decisión Marco 22/584 establece en su artículo 1.3 que "no podrá tener por efecto el de modificar la obligación de respetar los derechos fundamentales y los principios jurídicos fundamentales consagrados en el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea".
El Tribunal de Justicia de la UE ya se ha pronunciado en diversas sentencias. Una de las más importantes es la 5-4-16 (asuntos acumulados, C-404/15 y C-659/15, Aranyosi y Caldararu) -EDJ 2016/26417-, como apunta José Miguel García Moreno, Letrado Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales del Consejo Superior del Poder Judicial en un artículo en la web Derecho.com.
La sentencia reconoce que el riesgo de vulneración de los derechos fundamentales puede ser motivo de denegación de la ejecución de la Orden Europea de Detención y Entrega. La autoridad judicial competente del país receptor de la Orden puede pedir a la autoridad judicial del país receptor garantías o informes para comprobar que los derechos fundamentales de la persona buscada no se encuentran en riesgo.
En este sentido, según recogía el diario español El Mundo, el abogado defensor de Carles Puigdemont, Paul Bekaert, se ha manifestado recientemente indicando que las penas a las que se enfrenta su defendido podrían ser desproporcionadas para los delitos que se le imputan. En el caso de la rebelión se prevén penas de 25 a 30 años en el supuesto más grave, según el artículo 473 del Código Penal español. Penas que contrastan con el hecho de que en Bélgica ni siquiera exista esta tipificación delictiva.
Pero, como se apuntaba anteriormente, no se trata de una particularidad belga, sino que en todos los países se contempla la posibilidad de denegar la ejecución de la Orden si se pueden vulnerar los derechos fundamentales de la persona buscada.
El próximo viernes 17 de noviembre se encuentran citados para declarar tanto Puigdemont como los cuatro consejeros ante el juez belga, que decidirá sobre la ejecución de la Orden de Detención y Entrega.
Entonces, ¿por qué Bélgica?
Bélgica ofrece a Puigdemont algunas ventajas. La cercanía con Cataluña, la posibilidad de comunicarse (pues el 'expresident' habla inglés y francés), además de la baja tasa de resolución afirmativa de la ejecución de una Orden Europea de Detención.
Aunque una de las principales puede ser el estar situado en el corazón de Europa, cuando se persigue la internacionalización del conflicto, sobre todo en el ámbito europeo, como descubren las numerosas llamadas a Europa para intervenir en el conflicto o actuar como mediador.
Nuria López Martín