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Sentencia histórica: Una jueza ordena a un banco que devuelva el dinero del impuesto hipotecario

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El dictamen tuvo lugar durante el periodo en que el Tribunal Supremo estudiaba si el pago correspondía finalmente a los clientes o a los bancos.
Sentencia histórica: Una jueza ordena a un banco que devuelva el dinero del impuesto hipotecario

En medio de la vorágine causada por las decisiones consecutivas y contradictorias del Tribunal Supremo Español con respecto al pago del impuesto hipotecario, un ciudadano español ha logrado un fallo favorable que obliga a la entidad bancaria con la que tiene suscrita su hipoteca a devolverle más de 3.000 euros, parte de ellos en concepto de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

"Pueden seguir mi ejemplo", dijo el ganador del juicio al diario La Vanguardia, durante una entrevista concedida este martes, refiriéndose a otros usuarios de hipotecas que quieran reclamar el importe del mencionado impuesto.

Todo empezó hace año y medio, cuando Gabriel Clemente, titular de un préstamo hipotecario de 180.000 euros obtenido en 2007, decidió consultar las condiciones de su hipoteca con un bufete jurídico especializado, para ver si podía reclamar algún importe por las llamadas 'cláusulas suelo'. No era su caso, pero le recomendaron denunciar por los gastos, incluido el impuesto en cuestión. 

Una cláusula con "carácter abusivo"

Realizó su reclamación y el azar quiso que la fecha de su juicio cayera precisamente en el 'impasse' entre la sentencia del Tribunal Supremo dictada el 18 de octubre –que cambiaba la doctrina y hacía recaer el pago del impuesto en los bancos– y la posterior reunión del pasado 5 de noviembre del Pleno del tribunal, que revocó el dictamen inicial. 

La magistrada encargada de su reclamación, el día 19 de octubre, decidió no esperar a la decisión definitiva del Supremo, y declaró nula la cláusula "relativa a la imposición de los gastos y tributos a cargo del prestatario hipotecante", entre los que se encontraba el ya famoso Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. La jueza consideró que tal cláusula tenía un "carácter abusivo" y era "contraria a la normativa".

A Clemente, por lo tanto, se le debe devolver, en virtud de la sentencia, la suma de 3.232,24 euros, merced a una retroactividad aplicada de nada menos que once años. Sin embargo, la entidad bancaria dispone aún de algo más de una semana para recurrir. Si no lo hace, el cliente habrá ganado al menos esta vez. Si finalmente el banco decide apelar, la decisión dependerá de la Audiencia Provincial de Málaga. "Si gana [el banco] recurriré hasta donde la justicia me permita", aseguró Clemente al diario español, asegurando que un resultado favorable en su caso acabaría siendo "una victoria para todos los españoles". 

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