La amenaza de EE.UU. de reactivar una ley extraterritorial contra Cuba reaviva el debate sobre su legalidad
Junto a Venezuela, Cuba es uno de los focos más activos de la política exterior estadounidense en América Latina. En enero de este año, Donald Trump abrió la posibilidad de aplicar el título 3 de la ley Helms Burton —puesta en marcha en 1996 durante la Presidencia de Bill Clinton, que internacionalizó el bloqueo económico y financiero contra La Habana—, una medida que podría poner en jaque el crecimiento que está viviendo la Isla. RT conversó con varios expertos para analizar esta cuestión.
Así, en caso de entrar en vigor, los estadounidenses, incluidos los llamados cubanoamericanos, podrían demandar a empresas que hayan invertido o inviertan en propiedades que son objeto de reclamo por haber sido supuestamente confiscadas por la Revolución. Esta amenaza trae de vuelta el debate, no solo sobre sus consecuencias, sino también sobre la legalidad de esta norma.
¿Legislador del mundo entero?
EE.UU. puede "legislar extraterritorialmente sobre sus nacionales, y puede legislar para todos, sean nacionales o extranjeros, en su territorio", pero "ningún país puede legislar para todos y para todo el mundo", opina el doctor Rodolfo Dávalos, jurista en litigios comerciales.
Y es que justamente "la Ley Helms-Burton legisla para todo el mundo", ya que esta norma afirma que "nadie puede negociar con Cuba y el que comercia con Cuba comete tráfico", explica el letrado.
Excusa para la agresión
La contienda legal comenzó en agosto de 1960, cuando el entonces primer ministro cubano, Fidel Castro, anunció importantes nacionalizaciones de decenas de empresas y bienes de compañías de EE.UU., o con predominio de capital estadounidense, que operaban en la nación caribeña. Al respecto, el historiador Andrés Zaldívar, experto en el tema, asegura que Washington ha manipulado los hechos para justificar su agresividad económica.
Según este, la nacionalización de empresas extranjeras "es el acto de país soberano, el derecho a tomar medidas nacionalizadoras", que está reconocido por el derecho internacional "siempre y cuando cumpla determinados requisitos".
Estas condiciones incluyen que el proceso sea de interés social, que sea de aplicación general —es decir, que no sea aplicado solo a determinadas personas de manera selectiva— y, por último, que se realice una instancia de compensación, explica Zaldívar, añadiendo que "las nacionalizaciones cubanas se ajustaron estrictamente" a esos tres requisitos.
Los daños del bloqueo
Otros países, sobre todo europeos, negociaron con las autoridades isleñas y se acordaron compensaciones para sus empresas. Mientras tanto, Washington simplemente se negó y torpedeó los mecanismos propuestos por La Habana, por ejemplo, cancelando la compra de azúcar cubano, del cual la Isla planeaba sacar los fondos para pagar a los afectados.
La posible entrada en vigor del capítulo 3 de la Ley Helms-Burton plantea nuevos desafíos para el Gobierno cubano. Según algunas estimaciones, el número de demandas podrían llegar a cientos de miles, pero en caso de una negociación entrará otro asunto en juego, y son los miles de millones de dólares que Cuba exige a EE.UU. por los daños materiales y humanos generados por el bloqueo, una pretensión que La Habana nunca dejará de plantearle a Washington.