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Condenan a un ginecólogo de Argentina por haber interrumpido el aborto de una joven violada

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Un fallo previo de la Corte Suprema estableció que cualquier mujer que haya sido abusada sexualmente puede recurrir a este derecho, aunque todavía no está garantizado por ley.
Condenan a un ginecólogo de Argentina por haber interrumpido el aborto de una joven violada

El ginecólogo Leandro Javier Rodríguez Lastra fue encontrado culpable este martes de haber impedido en 2017 el aborto en curso de una joven abusada sexualmente por un familiar, cuyo bebé nació en contra de su voluntad.

De esta forma, la Justicia argentina consideró que aquel doctor incumplió sus deberes como funcionario público. En ese país sudamericano, la ley escrita solo garantiza la interrupción del embarazo para mujeres que hayan sido violadas y que además tengan algún conflicto considerable de salud metal. Sin embargo, y aunque la legislación antigua siga vigente, un fallo posterior de la Corte Suprema amplía el derecho para todas aquellas que hayan padecido un abuso y no deseen ser madres, sin importar otras condiciones. 

Así, el juez de la provincia de Río Negro (Argentina) Álvaro Meynet consideró que el médico desconoció el protocolo dispuesto por el máximo tribunal argentino, y lo identificó como responsable. Además, el magistrado destacó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de conciencia, un listado de doctores que no están dispuestos a realizar una práctica abortiva por cuestiones ideológicas. 

Sin embargo, aún no se conoce la pena, aunque su castigo puede ser desde un mes hasta dos años de prisión. No obstante, por ser una condena menor, la privación de su libertad no será de cumplimiento efectivo, a menos que cometa otro ilícito. A su vez, el doctor podrá seguir trabajando hasta que el fallo quede firme, pero se espera que su inhabilitación profesional duplique el tiempo de su condena.

El caso

El 2 de abril del 2017 una mujer de 19 años, víctima de un abuso sexual, acudió al hospital Pedro Moguillansky de la ciudad de Cipolletti, provincia de Río Negro, fecha en la cual todavía era posible concretar el aborto. La chica fue al centro de salud porque tenía fiebre y dolor abdominal, y le indició al médico que había ingerido un fármaco para finalizar su embarazo, que llevaba cinco meses de desarrollo . 

"El acusado nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba", expresa la reciente sentencia. En ese momento, Rodríguez Lastra era el jefe del servicio de Ginecología. La gestación continuó hasta la semana 35, y luego aquella mujer dio a luz al bebé, contra su voluntad. Así, el hijo no deseado fue entregado en adopción.

Por su parte, la Fiscalía había acusado al ginecólogo por haber evitado el aborto en curso y por otorgarle medicación a la paciente sin su consentimiento. A pesar de ello, en la resolución se desestimó la violencia obstétrica, pero todavía se espera por conocer el argumento completo del fallo. 

La joven, que hoy tiene 21 años, declaró en el proceso, aunque no se presentó a la lectura de la sentencia por la tensión que se vivía cerca del tribunal. En efecto, durante audiencias previas se vivieron momentos de crispación entre agrupaciones que se oponen a la legalización del aborto y aquellos colectivos feministas que están a favor.

En agosto del 2018, el Parlamento de ese país sudamericano rechazó el proyecto de ley que hubiese garantizado el acceso a un aborto voluntario hasta la semana 14 de gestación, y por ello sigue vigente una normativa de 1921. A pesar de que la Corte ya se pronunció al respecto, las diferencias que existen con el Código Penal actual todavía generan discrepancias. 

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