España multará con hasta 600.000 euros los incumplimientos del estado de alarma
El presidente de Gobierno de España, Pedro Sánchez, decretó este viernes el estado de alarma en todo el país, que ha dado lugar a la aplicación de medidas "drásticas" durante un periodo de 15 días, como la limitación total de los movimientos de los ciudadanos salvo algunas excepciones; unas medidas que, de ser incumplidas, pueden acarrear multas de hasta 600.000 euros (más de 668.000 dólares) para los infractores.
Así, los ciudadanos que quiten vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles "colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad" podrán ser castigados con multas que van de 100 a 600 euros (de 111 a 668 dólares), según estipula la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Por su parte, la "desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad" prevé multas de 601 a 30.000 euros (de 669 a 33.400 dólares), también de acuerdo con la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Por las "conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población, cuando ésta no sea constitutiva de infracción muy grave", es posible recibir una multa entre 3.001 y 60.000 euros (de 3.340 a 66.800 dólares), según la Ley 33/2011 de Salud Pública.
En caso que estas conductas produzcan un "riesgo o un daño muy grave para la salud de la población", la sanción se incrementará a un mínimo de 60.001 euros y hasta 600.000 (entre 66.800 y 668.600 dólares). La misma sanción será aplicada si se da un "incumplimiento, de forma reiterada, de las instrucciones recibidas de la autoridad competente".
Además, se impondrán sanciones desde 30.001 hasta 600.000 euros (entre 33.400 y 668.600 dólares) por los incumplimientos de órdenes, prohibiciones o instrucciones que pongan en riesgo la seguridad de las personas o bienes. En el caso de que el riesgo sea de especial peligrosidad o trascendencia, la sanción puede aumentar desde 1.501 hasta 30.000 euros (desde 1.600 hasta 33.400 dólares), según la Ley 17/2015 de Protección Civil.
Por último, aquellos que "se resistan o desobedezcan gravemente la autoridad de los agentes en el ejercicio de sus funciones" pueden ser castigados con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, de acuerdo con el artículo 556 del Código Penal.
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