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Fiscalía colombiana admite la responsabilidad del Estado en el exterminio del partido Unión Patriótica

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Un fallo dictado en 2022 obliga a las instituciones de Colombia a adoptar medidas para evitar la repetición de los hechos.
Fiscalía colombiana admite la responsabilidad del Estado en el exterminio del partido Unión Patriótica

En cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Fiscalía General de Colombia admitió públicamente la responsabilidad del Estado colombiano en las acciones que llevaron "al exterminio" por motivos políticos del partido izquierdista Unión Patriótica (UP).

"La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró al Estado de Colombia responsable por la violencia sistemática y generalizada, mediante actos de desaparición forzada, asesinatos, masacres, ejecuciones extrajudiciales, amenazas, atentados, judicializaciones indebidas, tortura y desplazamientos forzados, entre otros; que llevó al exterminio por razones políticas del partido político Unión Patriótica", se lee en un comunicado publicado por el organismo en su cuenta de X, en el que se apunta que el reconocimiento de los hechos fue ordenado por la Corte IDH "como medida de reparación".

El Ministerio público colombiano refirió que al ordenar la publicación de la sentencia fechada el 27 de julio de 2022, relativa a los excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas, la Corte IDH pretende que "la sociedad conozca lo que ocurrió, para que no se repita".

El genocidio contra la UP

En 2017, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó un informe general sobre las denuncias interpuestas por familiares de víctimas y representantes legales del partido UP contra el Estado colombiano, por la persecución, asesinato y desaparición forzada de sus integrantes y militantes en el contexto del conflicto armado interno.

En su informe final, el ente concluyó que "el Estado colombiano es responsable por la violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la honra y la dignidad, a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, a la protección especial de la niñez, a la libertad de circulación y residencia, a los derechos políticos, a la igualdad y no discriminación, a las garantías judiciales y a la protección judicial, […] en perjuicio de las personas pertenecientes y militantes de la UP".

Por otra parte, en la referida sentencia de 2022, la Corte IDH estableció que "en Colombia existió un contexto de violencia sistemática contra los integrantes y militantes de la UP, dirigido a su exterminio, que se prolongó por más de dos décadas. Esa violencia fue ejercida por diferentes actores estatales y no estatales, y se manifestó de diversas formas […], al tiempo que "las investigaciones sobre esos hechos de violencia no fueron efectivas" y la impunidad devino en "formas de tolerancia por parte de las autoridades frente a los mismos".

Adicionalmente, se ordenó al Estado emprender "un plan de reparación de carácter colectivo e integral para las víctimas de la UP", así como la celebración de un acto público de desagravio y la admisión de los hechos, el "fortalecimiento" de la UP como organización con fines políticos, "la implementación de diversas medidas para la deconstrucción de paradigmas, la consolidación de la memoria histórica, la no repetición de los hechos" y "el fortalecimiento de las medidas de protección para sobrevivientes, víctimas y familiares de la UP".

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