¿Por qué solicitan dejar sin efecto la inhabilitación de magistrados de la Junta de Justicia peruana?

En medio de micrófonos apagados en el recinto, el Congreso de la República tomó una decisión controversial.

El Congreso de Perú aprobó el jueves inhabilitar por 10 años de la función pública a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Inés Tello y Aldo Vásquez, en una sesión rodeada de polémica, tanto que algunos de sus miembros ahora quieren impugnarla.

"Nosotros señalamos que aquí se estaría cometiendo una inconstitucionalidad y, por lo tanto, nosotros señalamos que debe quedar sin efecto y se debe volver a votar el día lunes a la convocatoria del pleno que se ha hecho", afirmó este viernes el congresista Jaime Quito.

Quito, del partido izquierdista Perú Libre, indicó al local Canal N que la remoción de ambos magistrados de la JNJ "se tiene que caer y tiene que dejarse sin efecto". Una postura que comparten varios letrados en la nación latinoamericana.

¿Por qué?

El pleno votó uno por uno la inhabilitación de cada miembro de la JNJ, incluido el renunciante José Ávila. De acuerdo al artículo 100 de la Constitución Política del Perú, la decisión debe ser tomada "sin participación de la Comisión Permanente".

Para suspender a un funcionario público tiene que votarse primero en la Comisión Permanente, lo que ocurrió a finales del mes pasado. Luego en el pleno ningún integrante de dicho órgano debería votar.

El jueves 7 de marzo, el voto definitivo para destituir a Tello, el 67, fue del parlamentario José Luna, quien está en la Comisión Permanente.

"Para mí es un acuerdo nulo, no tiene validez", aseveró el ex oficial mayor del Congreso, José Élice, en el programa 'Octavo Mandamiento'.

Inhabilitación

El argumento para inhabilitar a los magistrados es que infringieron la carta magna al mantener en su cargo a Tello, pese a que la norma establece los 75 años como tope para ser juramentada. La JNJ alegó que fue designada antes de que cumpliera esta edad.

Luego de la votación, Tello envió un oficio al presidente del Parlamento, Alejandro Soto Reyes, en el cual denunció que el congresista Luna se pronunció "indebidamente" y por eso apuntó que sigue siendo miembro de la JNJ.

Rápidamente la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional contestó que Luna no ejerció su voto en la Comisión Permanente, por lo tanto estaba habilitado, y en consecuencia, "no existe ninguna causal de nulidad en la votación".

Es decir, el Congreso de la República interpretó el texto constitucional, un hecho que avivó la controversia en Perú.

Reacciones

"No es posible interpretar extensivamente porque la naturaleza de la disposición constitucional es sancionadora", afirmó el abogado Luciano López Flores en X. "No cabe la interpretación extensiva o la analogía en ese tipo de normas", añadió.

No obstante, el constitucionalista reconoció que la acción "cuenta con la presunción de licitud" que solo puede esclarecer el Poder Judicial, en caso de que Tello y Vásquez presenten sendos amparos. "Mantenerse, por vías de hecho, en el cargo, la expone a responsabilidades penales", advirtió.

En ese sentido se expresó este viernes el primer vicepresidente del Parlamento, Arturo Alegría, quien le dijo a la prensa local que la magistrada Tello podría incurrir en usurpación de funciones si continúa en su puesto. "Esperemos que no ocurra", agregó.

La "hermenéutica parlamentaria"

Luna fue consultado sobre esta situación y respondió que Tello "no conoce la hermenéutica parlamentaria que se usa desde hace más de 30 años".

"De los 60 que se inscriben en la Comisión Permanente, máximo 30 no pueden votar (…) cuando un suplente vota, él automáticamente ya está formando parte de los 30 y el titular que quedó pasa a ser congresista y puede votar. Eso se ha usado hace 30 años, es normal", sostuvo.

Una discusión leguleya que provocó múltiples comentarios, aunque hasta el momento la presidenta peruana Dina Boluarte no se ha referido al asunto.

Entretanto, las congresistas Sigrid Bazán y Ruth Luque denunciaron que Soto "decidió no continuar con el pleno", a pesar de que faltaba por definir una reconsideración del voto sobre la inhabilitación del presidente de la JNJ, Antonio de la Haza.

"Nos apagaron los micros y levantaron la sesión sin haber votado el caso contra el presidente de la JNJ. Decidieron acabar todo dejando amedrentado a quien tendrá que esperar hasta la próxima semana para resolver su situación. ¿Cocinarán los votos durante el fin de semana?", denunció Bazán.

Efectivamente, Soto suspendió la sesión en la noche y anunció que continuará el lunes 11 de marzo.

Mientras tanto, la ley establece que Tello y Vásquez sean reemplazados para completar el mandato 2020-2025 por sus accesitarios, según el orden de mérito. Abraham Siles Vallejos y Mónica Rosell Medina son los que están ubicados en la parte alta de la lista.

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