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Venezuela: Un nuevo fiscal puede ser elegido por votación popular

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Un abogado constitucionalista afirmó a RT que no sería la primera vez que se destituye a un fiscal en Venezuela.
Venezuela: Un nuevo fiscal puede ser elegido por votación popular

El máximo tribunal de Venezuela decidió iniciar un antejuicio de mérito a la Fiscal General Luisa Ortega, que podría derivar en la destitución de la funcionaria.

RT entrevistó al académico y abogado constitucionalista Enrique Tineo sobre las implicaciones de este proceso judicial contra una alta funcionaria del Estado.

RT: ¿Qué significa la admisión en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de un antejuicio de mérito contra la fiscal general?

ET: En este tipo de caso sucede que ningún poder puede imponerse sobre otro poder del Estado. Así se establece en la división clásica del poder. Es lo que en el derecho constitucional norteamericano se conoce como el sistema de balanzas, pesos y contrapesos que deben existir entre los poderes.

El poder es uno solo, pero se habla de los poderes, justamente para que un Estado no derive en totalitarismo. Existen ramas del poder que se controlan entre ellas. Todos los altos funcionarios del Estado, entre ellos la fiscal general de la República (Luisa Ortega), pueden ser sometidos a un antejuicio de mérito. Es importante destacar la preposición 'ante', ya que se trata de una especie de evaluación para dictaminar si existen méritos para llevar a juicio a ese funcionario.

RT: ¿Hay razones para iniciar el proceso?

ET: Hasta donde hemos visto, el diputado Pedro Carreño realizó una solicitud de antejuicio de mérito ante el TSJ en pleno. Fíjense que no acudió a una sala específica del tribunal, sino ante la Sala Plena, que decidió admitir la solicitud por dos razones: el uso indebido, aparentemente, de una aeronave perteneciente a un particular, lo que podría constituirse en un delito de peculado de uso; y, según la declaración del diputado, la fiscal habría mentido al país (sobre el caso de la elección de magistrados), poniendo en tela de juicio la respetabilidad del Poder Moral.

Es decir, se presentaron dos causales: una posible falta a la ética pública y un posible ilícito penal (uso indebido de un avión bajo su custodia).

RT: La fiscal inició su diatriba con los poderes al mostrar descuerdo con las sentencias del TSJ ¿Es una falta grave el desacuerdo?

ET: La ciudadana fiscal mostró su desacuerdo con dos sentencias de la Sala Constitucional del TSJ. Sin embargo, en ese caso, los contrapesos de los poderes funcionaron. El presidente Nicolás Maduro activó el Consejo de Defensa de la Nación, se hizo un exhorto al TSJ y finalmente el tribunal le dio la razón a la fiscal Ortega. La división de poderes funcionó y en ese sentido la democracia venezolana se mantiene incólume.

Ahora, estar en desacuerdo con una sentencia no es lo mismo que señalar que se acabó la democracia, o se rompió el hilo constitucional, porque una sentencia es un acto dictado por seres humanos y, por ende, son actos corregibles. Además, en nuestro ordenamiento jurídico existe el 'recurso de revisión', es decir, que no obstante exista una sentencia firme, esta puede revisarse si están en juego principios, garantías y derechos constitucionales.

Desde entonces, la fiscal Ortega asumió una conducta política. En mi opinión, el problema de esa conducta radica en que, hasta ahora, ella no ha dicho ni una sola palabra sobre los motivos, razones, circunstancias y argumentos que le sirven para llegar a las conclusiones expresadas. Lo que ha generado la fiscal es una discusión política y no una jurídica.

RT: La fiscal cuestionó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). ¿Son suficientes sus razones?

ET: Ella ha dicho, palabras más palabras menos, que es inconstitucional que no se convoque al pueblo para que decida si quiere o no que se inicie un proceso de ANC. Yo le preguntaría: ¿Me podría decir las razones en las que se basa para sugerir eso?

En mi opinión, es absolutamente constitucional iniciar el proceso constituyente sin que medie un referendo consultivo. Porque existen 5 fases en las que el pueblo expresa su soberanía: postulándose a constituyente, postulando candidatos, participando del proceso constituyente, diciendo 'sí' o 'no' a un texto constitucional que llegase a producir la ANC y, por último, si esa posible nueva Constitución fuese un atraso en términos de derechos y garantías, con relación a la constitución actual, se activa el artículo 350.

Artículo 350. El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

Entonces el pueblo tiene 5 fases en las que puede expresar su soberanía.

Yo ofrezco esos argumentos, de seguro habrá muchos argumentos en contra, quizá algunos mejores que los míos. La dificultad radica en que la ciudadana fiscal no ha expresado argumentos y eso ha generado inestabilidad política.

RT: ¿Quiere decir QUE la fiscal está ofreciendo opiniones personales?

ET: Lo que ella está haciendo, opinar, puede hacerlo cualquier ciudadano, solo que Ortega es una mujer de Estado y le está negado generar zozobra a la población, porque esa actitud sería considerada un atentado al texto constitucional.

Es lo que en doctrina se conoce como ataques a la constitución desde arriba.

RT: ¿Debemos entender que el TSJ sólo inicia una investigación para determinar si la lleva o no a juicio?

ET: Ciertamente. Es un antejuicio, digamos que es un proceso previo al verdadero juicio. Eso se hace para salvaguardar en sus funciones a los altos personeros de Estado, en razón de los cargos que ostentan.

El antejuicio de mérito no es ninguna agresión a la fiscal, es más bien una prerrogativa, una garantía para que pueda seguir ejerciendo sus tareas.

RT: Una vez admitido en el TSJ, ¿cuáles son los escenarios?

ET: Ya el tribunal decidió el antejuicio. Ahora recordemos que hay dos causales posibles (falta a la ética pública o supuesto uso indebido del avión).

Supongamos que se decide por el tema de la ética pública. El caso se lleva al Consejo Moral Republicano (integrado por Defensoría, Fiscalía y Contraloría). Allí surge el problema de que la persona investigada es parte de ese poder. Afortunadamente el constituyente originario previó que fuese una figura impar (3 miembros), por lo tanto dos de ellos hacen la mayoría.

En el poder moral se abre un procedimiento que está previsto en la Ley Orgánica del Poder Ciudadano.

En ese procedimiento, como en todos los procedimientos legales, el investigado tiene derecho a la defensa. Se hará una imputación, se solicitan pruebas, la fiscal puede hacer alegatos y posteriormente eso termina en una decisión.

RT: ¿Allí culmina el proceso?

ET: No. El artículo 279 de la Constitución señala, taxativamente, que quien toma en última instancia la decisión (una decisión de tipo política) es la Asamblea Nacional (AN).

Pero, como todos sabemos, los actos que en la actualidad emite el Parlamento no son vinculantes, no tienen eficacia, ni validez jurídica porque se encuentran en desacato de una sentencia de la sala electoral del TSJ.

Surge entonces la polémica figura de la 'omisión legislativa', que contempla que las faltas parlamentarias pueden ser suplidas por la Sala Constitucional del TSJ (artículo 336), considerada la máxima y última intérprete de la Constitución.

En resumen, de producirse en el Consejo Moral Republicano, una sentencia contra la fiscal sería la sala constitucional la que tome la decisión.

La última arista de este proceso la expone el mismo artículo 279 que prevé que si la AN no llegase a ponerse de acuerdo sobre el caso de la fiscal, podría llevarse a cabo un proceso de elección popular del fiscal general de la República en votación universal, directa y secreta.

Vivimos en Venezuela una situación absolutamente controlable por el Estado de derecho y el Estado de justicia. Nuestra Constitución ofrece elementos suficientes para reaccionar favorablemente ante circunstancias como las actuales.

RT: De ocurrir, ¿sería la primera vez que se destituye un fiscal en Venezuela?

ET: Tampoco. En la Cuarta República, el doctor Héctor Serpa Arcas, entonces fiscal general durante el Gobierno del presidente Jaime Lusinchi, fue enjuiciado por el delito de malversación y lo sacaron de la Fiscalía. No por eso se dijo que se quería acabar con una de las ramas del poder público.

 

Ernesto J. Navarro

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