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España aprueba nueva normativa de vivienda: mayor protección a los inquilinos y límites a las viviendas turísticas

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Se trata de una de las disposiciones adoptadas en el Consejo de Ministros de este viernes a tan solo dos meses de la celebración de elecciones generales.
España aprueba nueva normativa de vivienda: mayor protección a los inquilinos y límites a las viviendas turísticas

El Gobierno de España ha aprobado en el Consejo de Ministros celebrado este viernes una nueva normativa de vivienda y alquiler, después de que hace tan solo dos meses viera tumbado en el Congreso de los Diputados su anterior propuesta al respecto. El Decreto Ley aprobado en esta ocasión, también deberá contar con la aquiescencia de la Cámara legislativa, aunque esta vez parece contar con los apoyos necesarios.

De hecho, la vicepresidenta del Gobierno español, Carmen Calvo, ha querido manifestar su agradecimiento al "evidente apoyo que algunos grupos parlamentarios han manifestado", que se entiende como una referencia al grupo parlamentario de Unidos Podemos (UP) que en enero votó en contra de su anterior propuesta.

La portavoz de UP, Irene Montero, ha declarado a los periodistas que este decreto, al igual que el que afecta al permiso de paternidad, "son buenas noticias, pero insuficientes", aunque manifiestan su alegría por "haber conseguido llevar al Partido Socialista hasta el límite de lo que puede aceptar".

Las principales novedades que introduce este Decreto, que se conoce tan solo dos meses antes de la celebración de elecciones generales, son las siguientes:

  • Aumento del plazo de los contratos

Los contratos tendrán una duración de cinco años en el caso de que el propietario sea una persona física, en contraposición a los tres que constaban en la normativa hasta ahora. Si el titular de la vivienda es una persona jurídica los contratos tendrán una duración de siete años.

En el caso de prórroga tácita (cuando ninguna de las partes se comunica al respecto) se prolongarán hasta tres años más.

  • Limitación del importe de las garantías exigidas

Se establece como máximo que se podrán requerir dos mensualidades adicionales, además del mes de la fianza, a los inquilinos. Es decir, en total, tres meses máximo.

  • La vivienda turística podrá ser vetada por los vecinos

Según el nuevo decreto, las viviendas turísticas deberán regirse por lo establecido en la normativa sectorial que resulte de aplicación.

Además, las comunidades de propietarios podrán limitar o condicionar este tipo de viviendas si cuentan con una mayoría de tres quintos, y podrán imponerles cuotas especiales para participar en los gastos comunes de la vivienda.

  • Bonificaciones fiscales

Se elimina la obligación de repercutir el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los inquilinos de vivienda de alquiler social.

En este sentido, los municipios podrán bonificar este impuesto para las viviendas que sean objeto de alquiler social o asequible. Mientras que las viviendas desocupadas tendrán que hacer frente a un recargo de este tributo.

  • Aumento de la disponibilidad de vivienda social

A partir de ahora, el plan de vivienda estatal apoyará exclusivamente las viviendas de alquiler social y asequible y pondrá suelo público a disposición de la colaboración público-privada para tal fin.

Además, los ayuntamientos podrán invertir en vivienda gracias a una modificación fiscal que impedirá que incumplan la regla de gasto.

  • Limitación de las subidas anuales del alquiler

Durante la vigencia de un contrato de alquiler, que podrá ser de hasta 7 años en el caso de personas jurídicas, solo se podrá incrementar anualmente el precio de acuerdo a la subida que haya experimentado el IPC (Índice de Precios al Consumo) en ese último año.

  • Desahucios y Servicios Sociales

Los juzgados deberán evaluar la situación de los afectados y poner en conocimiento de Servicios Sociales si una familia se encuentra en situación de vulnerabilidad. En estos casos los desahucios se podrán aplazar un mes si el propietario de la vivienda es una persona física, y hasta tres si se trata de una persona jurídica.

Además, se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para especificar la fecha y hora en la que se llevará a cabo un desahucio, que hasta ahora podía llevarse a cabo sin esta concreción.

  • Gastos

Los gastos de formalización de los contratos estarán a cargo de la propiedad cuando esta sea una persona jurídica.

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